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NIG: 2906742C20110021098.
Procedimiento: Constitución del acogimiento 617/2011. Negociado: ER.
Sobre: Propuesta acogimiento permanente menor R.E. (Expte. protección menor 352-2010-00003090-1).
De: Servicio de Protección de Menores.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento constitución del acogimiento 617/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga a instancia de Servicio de Protección de Menores contra sobre propuesta acogimiento permanente menor R.E. (Expte. protección menor 352-2010-00003090-1), se ha dictado auto cuya parte dispositiva es como sigue:
«DISPONGO
Aprobar la propuesta de acogimiento familiar permanente formulada por la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga de la Junta de Andalucía respecto al menor R.E.H., nacido en Torremolinos el 26.1.2006 (Expte. protección menor núm. 352-2010-00003090-1) a favor de la persona que figura como acogedora en la información aportada, quien deberá asumir las obligaciones legales de tal status con carácter de acogimiento familiar permanente.
Se suspenden las visitas del menor con su madre biológica.
Notifíquese esta resolución a las partes y a los progenitores, o tutor, si fueren habidos. Cúmplase, en todo caso, lo dispuesto en el art. 1.826 de la L.E.Civil.
Dado el paradero desconocido de la madre biológica públíquese edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a los efectos de su notificación.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días desde la notificación, para ante la Audiencia Provincial de Málaga.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la madre biológica del menor doña Hanane Naaima Errougui extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinte de septiembre de dos mil once.- El Secretario.
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