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La Orden de la Consejería de Empleo de 20 de julio de 2011, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos andaluces, publicada en BOJA núm. 150, de 2 de agosto de 2011, establece en su artículo 4 los indicadores y las fórmulas de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.
Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación Provincial de Empleo de Almería realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.
En virtud de cuanto antecede,
RESUELVO
Primero. Distribuir la cantidad de 239.664,00 euros, correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración en los Ayuntamientos de la provincia de Almería, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de la Consejería de Empleo de 20 de julio de 2011, las cantidades que se indican en el Anexo.
Segundo. Aprobar con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.14.00.02.04.461.02.31J.7 el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación Provincial de Empleo de la Junta de Andalucía en Almería y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.
Cuarto. La ejecución del Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, se enmarque dentro de las líneas de actuación que el II Plan Integral contempla para las Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.
Quinta. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexta. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Almería, 3 de octubre de 2011.- La Delegada, Francisca Pérez Laborda.
ANEXO I
RELACIÓN DE AYUNTAMIENTOS PERCEPTORES DEL FONDO AUTONÓMICO DE INMIGRACIÓN Y CUANTÍAS A TRANSFERIR, EN LA PROVINCIA DE ALMERÍA, EN EL EJERCICIO 2011
MUNICIPIO | IMPORTE |
ADRA | 10.918,00 € |
ALBOX | 10.507,00 € |
ALMERÍA | 23.776,00 € |
ANTAS | 6.925,00 € |
BERJA | 9.076,00 € |
CUEVAS DEL ALMANZORA | 10.123,00 € |
GARRUCHA | 10.003,00 € |
HUÉRCAL-OVERA | 11.081,00 € |
MACAEL | 10.410,00 € |
MOJÁCAR | 7.837,00 € |
NÍJAR | 13.970,00 € |
OLULA DEL RÍO | 7.959,00 € |
PULPÍ | 9.989,00 € |
ROQUETAS DE MAR | 15.477,00 € |
TURRE | 6.715,00 € |
VÉLEZ-RUBIO | 7.730,00 € |
VERA | 11.728,00 € |
VÍCAR | 22.888,00 € |
EJIDO (EL) | 14.710,00 € |
MOJONERA (LA) | 17.842,00 € |
TOTAL | 239.664,00 € |