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Visto:
Primero. Que el artículo 165 de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, establece, en su apartado primero, que, en la medida de sus posibilidades presupuestarias, la Universidad Pablo de Olavide fomentará la prestación de servicios tendentes a lograr el desarrollo de sus funciones docentes, investigadoras, de gestión, de extensión universitaria y de actividades culturales, deportivas, asistenciales y cuantas otras pueda organizar en el ejercicio de su función y autonomía.
Que, de acuerdo con el apartado segundo del citado precepto, tales servicios serán gestionados directamente por los organismos universitarios que procedan o, excepcionalmente, de forma indirecta mediante: a) regímenes de colaboración con otras entidades públicas o privadas; b) regímenes de arrendamiento o concesión administrativa; c) demás sistemas previstos en la normativa vigente.
Teniendo en cuenta que en estos supuestos será preceptivo que la propuesta de creación vaya acompañada de una memoria justificativa que aconseje la conveniencia de dicha prestación indirecta, basándose en los principios de calidad, eficacia, eficiencia y economía.
Segundo. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de los Estatutos de la Fundación Universidad-Sociedad, la Fundación Universidad-Sociedad es una entidad sin ánimo de lucro que, promovida por la Universidad Pablo de Olavide, tiene como finalidad esencial la atención a los estudiantes y egresados de la Universidad Pablo de Olavide en la formación encaminada al desempeño de la actividad empresarial y profesional inmediata, así como en su inserción laboral en el ámbito empresarial e institucional.
Tercero. Que el Servicio de Deportes de la Universidad tiene por objeto cubrir las necesidades de actividad física y deportiva de todos los estudiantes, además de completar la formación de la comunidad universitaria en todo el proceso educativo.
RESUELVO
Primero. Encomendar a la Fundación Universidad-Sociedad las siguientes actuaciones materiales en relación con la gestión del Servicio de Deportes de la Universidad Pablo de Olavide:
- Gestión y seguimiento de los Convenios en vigor firmados por la Universidad Pablo de Olavide con empresas, instituciones o federaciones de índole deportivo.
- Gestión de los espacios y medios materiales que se detallan en el Anexo I para el correcto desarrollo del Servicio de Deportes. Dicha gestión conllevará las tareas de: a) apertura y cierre ordinario; actividades necesarias para la puesta en funcionamiento operativo de las instalaciones; b) control de entradas y salidas ordinarias de los usuarios y los materiales; c) recepción de usuarios; d) información, orientación a los usuarios de las instalaciones de cualquier temática relativas a las actividades deportivas desarrolladas en la Universidad Pablo de Olavide; e) organización y control de la evacuación de usuarios cuando se requiera por cualquier motivo; f) control del cumplimiento de las normas propias de las instalaciones deportivas; g) control de los bienes o productos existentes en las instalaciones deportivas, transporte y entrega del material deportivo necesario para el desarrollo de las actividades deportivas docentes o de cualquier otra índole que se desarrolle en las instalaciones deportivas; h) comprobación del estado y funcionamiento de las instalaciones deportivas y solicitud de los trabajos técnicos de mantenimientos que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de las instalaciones; i) velar por la seguridad de sus usuarios de los programas que tengan encomendados durante el tiempo que estén bajo su responsabilidad.
- Gestión y liquidación de los pagos a proveedores y cobros a usuarios del Servicio de Deportes.
- Apoyo administrativo a la gestión del Servicio de Deportes.
- Contratación y gestión del personal necesario para el correcto desempeño de las actividades del Servicio de Deportes.
- Gestión de las subvenciones concedidas a la Universidad Pablo de Olavide para el desarrollo del Servicio de Deportes.
- Gestión operativa, de forma global y completa, de las siguientes actividades deportivas:
a) Actividades deportivas internas: Son todas aquellas actividades de índole deportivo que se desarrollan para la comunidad universitaria y sin tener ninguna repercusión o actividad fuera la propia Universidad. El período de desarrollo de estas actividades coincidirá con cada curso académico, conforme al calendario que se apruebe para el mismo.
b) Actividades deportivas externas: Son todas aquellas actividades de índole deportivo que se desarrollan para la comunidad universitaria y que tienen repercusión o actividad fuera de la propia Universidad, siendo las más destacadas los Campeonatos Andaluces Universitarios, en modalidades por equipos e individual, y Campeonatos de España Universitarios, en modalidades por equipos e individual. El período de desarrollo de estas actividades coincidirá con cada curso académico conforme al calendario que se apruebe para el mismo.
c) Coordinación y gestión del programa de Deportistas de Alto Nivel (DAN). Las tareas se centran en todas las actividades administrativas y operativas que la ejecución de dicho programa necesita. El período de desarrollo de estas actividades coincidirá con cada curso académico, conforme al calendario que se apruebe para el mismo
d) Coordinación y gestión de las actividades continuadas. Son el conjunto de actividades organizadas y ejecutadas por la Fundación Universidad-Sociedad a lo largo del curso académico para la promoción y participación de la comunidad universitaria en las actividades deportivas (escuelas deportivas de verano, día del deporte, escuelas deportivas de institutos de educación secundaria, grupos internos de prácticas deportivas, etc.) de acuerdo con las directrices que marque la Universidad y con los recursos presupuestarios existentes.
- Desarrollo y ejecución de todas las actividades operativas y productivas dirigidas a conseguir los objetivos del Servicio de Deportes y de esta encomienda de gestión. Todo ello bajo la dirección, control y dependencia de la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad Pablo de Olavide.
Segundo. La encomienda de gestión a la Fundación Universidad-Sociedad no supone cesión de la titularidad de las competencias en materia de servicios deportivos de la Universidad Pablo de Olavide.
Tercero. La Universidad ingresará a la Fundación Universidad-Sociedad, en una certificación única al comienzo del curso académico, la partida presupuestaria que anualmente se acuerde para la gestión del Servicio de Deportes de la Universidad Pablo de Olavide, en relación a las actividades encomendadas. Igualmente ingresará cualquier otra cantidad recibida para la ejecución de actividades del Servicio de Deportes cuya gestión forme parte del objeto de la presente encomienda.
La ejecución de las actividades objeto de encomienda conlleva el uso por parte de la Fundación Universidad-Sociedad de los espacios universitarios que la Universidad le facilite.
La Universidad Pablo de Olavide ejercerá las facultades de comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta ejecución de la encomienda. Independientemente de la designación de la persona responsable, la Fundación Universidad-Sociedad deberá responder del correcto desarrollo del Servicio. El desarrollo de las actividades del Servicio se realizará de conformidad con lo indicado en la correspondiente planificación anual realizada por el órgano competente bajo la supervisión del Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
El mantenimiento, conservación y adecuado estado de uso de las instalaciones deportivas correrá a cargo de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
Cuarto. De las actividades materiales realizadas en virtud de la encomienda, la Fundación Universidad-Sociedad dará cuenta a la Universidad según establece el Régimen Económico desarrollado en los Estatutos de la citada Fundación Universidad-Sociedad.
Quinto. Esta encomienda de gestión tendrá una duración de cuatro años.
Sevilla, 1 de julio de 2011.- El Rector, Juan Jiménez Martínez.
Anexo I
A fecha de 1 de julio de 2011, los espacios e instalaciones deportivas cuya gestión se encomienda a la Fundación Universidad-Sociedad son los siguientes, sin perjuicio de que en el futuro se incorporen a este Anexo nuevos espacios e instalaciones deportivas:
a) Pabellón Polideportivo. Edificio número 41.
b) Pabellón Deportivo. Edificio número 39.
c) Pabellón Deportivo. Edificio número 26.
d) Pabellón Deportivo. Edificio número 27.
e) Pabellón Deportivo. Edificio número 37.
f) Pistas de atletismo.
g) Pistas Polideportivas.
h) Rocódromo.
i) Praderas deportivas.
j) Campos de fútbol.
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