Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 20/10/2011

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 30 de junio de 2010, de la Audiencia Provincial de Huelva, Sección Primera, sobre la realización anticipada de vehículos de motor y embarcaciones intervenidas en los procesos penales que se relacionan.

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EDICTO

Don Jesús Fernández Entralgo, Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva.

Hago saber: Que en el expediente gubernativo número 1/2008 se ha dictado el siguiente acuerdo (y listados Anexos I, II, III-1 y III-2), cuyo encabezamiento, hechos y parte dispositiva son los que a continuación se expresan:

ACUERDO DEL PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA DON JESÚS FERNÁNDEZ ENTRALGO

En Huelva, a diecisiete de junio de dos mil diez.

HECHOS

Único: En el presente expediente gubernativo incoado con el núm. 1/2008 se ha realizado el correspondiente informe pericial por el Perito Sr. don Antonio Prieto López, designado por la empresa Taxo Valoración. Procede ahora, resolver respecto de los efectos que se encuentran en el Depósito Judicial de esta provincia en la única empresa depositaria «José Mora Castañeda e Hijos, S.L.», la destrucción y realización anticipada de los vehículos de motor y embarcaciones depositados a disposición de los órganos judiciales de la provincia, correspondientes a los expedientes cuya relación se adjunta y previo informe pericial acordando que carecen de valor o cuya realización es claramente antieconómica.

Asimismo se han evacuado sendos informes por el Ilmo. Sr. Fiscal-Jefe de la Audiencia Provincial de Huelva con relación a los vehículos (embarcaciones, automóviles, camiones, etc.) objeto de este expediente a fin de poder determinar su destino legal.

PARTE DISPOSITIVA

Vistos los anteriores razonamientos jurídicos

Acuerdo

1. La destrucción generalizada de los vehículos que se relacionan en los listados Anexo I, Anexo II y Anexo lll (1) (con exclusión de los núms. 113 y 83 los cuales serán entregados a la Delegación Provincial del Gobierno de Huelva, Área de Justicia. En cuanto a la donación del vehículo núm. 113 su uso quedará afecto en exclusiva al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Huelva u oficina judicial que lo sustituya en el futuro. Asimismo en cuanto a la donación del vehículo núm. 83 su uso quedará afecto en exclusiva a las Autoridades Judiciales de la Provincia de Huelva.

2. La destrucción generalizada de los vehículos que se relacionan en el listado Anexo lll (2), con exclusión de los ve-hículos (165, 127, 35 y 106) los cuales serán entregados a la Delegación Provincial del Gobierno de Huelva, Área de Justicia. En cuanto a la donación del vehículo núm. 106 su uso quedará afecto en exclusiva al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Huelva u oficina judicial que lo sustituya en el futuro. Asimismo en cuanto a la donación del vehículo núm. 35 su uso quedará afecto en exclusiva a las Autoridades Judiciales de la Provincia de Huelva. Por último en cuanto a la donación del vehículo núm. 127 su uso quedará afecto en exclusiva a los Servicios Comunes de Notificaciones y Embargos de la provincia de Huelva (Ayamonte, La Palma del Condado y Moguer) u oficina judicial que lo sustituya en el futuro.

3. Previamente a la realización anticipada de los vehículos referidos en los dos anteriores números 1 y 2, se conferirá traslado, por término de dos meses a partir de la notificación del presente Acuerdo, a los órganos judiciales a cuya disposición se encuentran los efectos que carecen de valor o cuya realización es claramente antieconómica y sin que dichos órganos judiciales depositantes se manifiesten en sentido contrario a su destrucción y realización anticipada de los mismos y previas las publicaciones de Edictos oportunas.

Dicho traslado se conferirá con copia de los listados correspondientes a cada órgano judicial (contenidos en los Anexos I, II, III y lll-2) así como del listado de vehículos no localizados (Anexos II y III-2) a todos los órganos judiciales de la provincia, en este caso además al objeto de poder ser, en su caso, identificados.

En cualquier caso se les facilitará la pericial correspondiente (realizada en junio de 2009); dicho valor pericial aparece en los Anexos adjuntos bajo la leyenda «Valor» a excepción de los Anexos I y II, en los que ya en el encabezado aparece valor cero (o realización antieconómica) según aprecia el Perito en su informe «carece de valor a efecto de subasta» y de los gastos de conservación y depósito devengados por la estadía (deuda devengada hasta mayo de 2009) bajo la custodia de la empresa depositaria «José Mora Castañeda e Hijos, S.L.», los cuales aparecen en tos referidos listados (Anexos I, II, III-1 y Ill-2), bajo la leyenda «Deuda».

Caso de manifestar el órgano Judicial oposición se excluirán tales vehículos del presente expediente a fin de que, en su caso, el órgano judicial pueda darles el destino legal correspondiente.

4) Publíquense edictos del presente Acuerdo (y de sus Anexos: I, II, III-1 y III-2) en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, confiriéndose el término de dos meses a los efectos de que cualquier persona que tenga interés legítimo por encontrarse incursa, como parte o perjudicado en procedimientos penales, pueda instar lo que tenga por conveniente en cuanto a los efectos depositados y relacionados en los Anexos I, II, III y III-2 que se adjuntan al presente Acuerdo.

A tal fin líbrese oficio al Sr. Secretario General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva (Área de Justicia) para que por su conducto se remita al Sr./Sra. Administrador/a del BOJA.

Notifíquese el presente Acuerdo al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Huelva así como al Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno (Área de Justicia).

Así lo acuerdo y firmo.

Y para que conste y sea publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido el presente que firmo en Huelva a 30 de junio de 2010.

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