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El artículo 52.1 del Estatuto de Autonomía de Andalucía dispone que la Comunidad Autónoma de Andalucía, ostenta en materia de enseñanza no universitaria la competencia exclusiva en la programación y creación de centros públicos.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula el conjunto de enseñanzas del sistema educativo a excepción de la enseñanza universitaria.
Por otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho a la educación mediante la programación general de la enseñanza.
Para atender la demanda de puestos escolares y propiciar la adecuación de la actual red de centros docentes a las exigencias marcadas por las mencionadas Leyes, la Consejería de Educación ha propuesto la modificación de la red de centros docentes públicos para el curso 2011/12.
Con esta actuación se persigue una profundización en el ejercicio del derecho a la educación de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, propiciando un incremento en las tasas de escolarización al tiempo que se consigue la adaptación progresiva de la red de centros docentes públicos no universitarios a las necesidades derivadas de la aplicación de la ordenación del sistema educativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en el artículo 16 del Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, y en el artículo 18 del Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, la creación y supresión de estos centros docentes públicos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación de conformidad con lo establecido en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 4 de octubre de 2011,
DISPONGO
Artículo 1. Centros de educación infantil y primaria.
1. Se crean los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo I del presente Decreto.
2. Se suprimen las Escuelas Infantiles y los Colegios de Educación Primaria que se relacionan en el Anexo II del presente Decreto.
Artículo 2. Centros de educación secundaria.
Se crean los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo III del presente Decreto.
Disposición adicional única. Inscripción en el Registro de Centros Docentes.
Del contenido del presente Decreto se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Disposición final primera. Desarrollo y aplicación.
Se autoriza al Consejero de Educación a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en el presente Decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos desde el curso escolar 2011/12.
Sevilla, 4 de octubre de 2011
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación
ANEXO I
CREACIÓN DE COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Provincia: Almería.
Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 04008388.
Localidad: Venta Gutiérrez-Cabañuelas.
Municipio: Vícar.
Provincia: Sevilla.
Colegio de Educación Infantil y Primaria, código 41012043.
Localidad: Santiponce.
Municipio: Santiponce.
ANEXO II
SUPRESIÓN DE ESCUELAS INFANTILES
Y COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Provincia: Granada.
Colegio de Educación Primaria «La Torre», código 18601710, por integración en el Colegio Público Rural «Negratín», código 18602234, de Freila.
Localidad: Baúl.
Municipio: Baza.
Provincia: Málaga.
Escuela Infantil «José María Moreno Muñoz», código 29000645.
Localidad: Barranco del Sol.
Municipio: Almogía.
Colegio de Educación Primaria «Santa Amalia», código 29000360.
Localidad: Santa Amalia.
Municipio: Alhaurín de la Torre.
Provincia: Sevilla.
Escuela Infantil «Juan de Arguijo», código 41008799, por integración en el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Pedro Garfias», código 41007291, de Sevilla.
Localidad: Sevilla.
Municipio: Sevilla.
ANEXO III
CREACIÓN DE INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Provincia: Málaga.
Instituto de Educación Secundaria, código 29009119, por transformación de la Sección de Educación Secundaria del mismo código.
Localidad: Estepona.
Municipio: Estepona.
Provincia: Sevilla.
Instituto de Educación Secundaria, código 41017673, por transformación de la Sección de Educación Secundaria del mismo código.
Localidad: Palomares del Río.
Municipio: Palomares del Río.
Instituto de Educación Secundaria, código 41014003, por transformación de la Sección de Educación Secundaria del mismo código.
Localidad: Sevilla.
Municipio: Sevilla.
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