Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 01/02/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Orden de 18 de enero de 2011, por el que se aprueba inicialmente el Plan Especial de Ordenación de las zonas de regadíos ubicadas al norte de la Corona Forestal de Doñana, en los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado (Huelva) y se somete a información pública con su correspondiente estudio de Impacto Ambiental.

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El Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana, aprobado por Decreto 341/2003, de 9 de diciembre, establece los criterios y medidas para mejorar la funcionalidad de las zonas de regadíos y para disminuir los consumos de aguas subterráneas. El artículo 72 de su normativa dispone que la ordenación de las referidas zonas se realice a través de un Plan Especial que incluya en su ámbito de ordenación las zonas de cultivo en regadío situadas al norte de la Corona Forestal de Doñana, en los términos municipales de Moguer, Lucena del Puerto, Bonares, Rociana del Condado y Almonte.

El Consejo de Gobierno, en sesión de 4 de diciembre de 2007, acordó la formulación del «Plan Especial de Ordenación de las zonas de regadíos ubicadas al norte de la Corona Forestal de Doñana, así como la elaboración de un programa de medidas complementarias para garantizar la sostenibilidad de dicho ámbito territorial» (BOJA núm. 249, de 20 de diciembre de 2007), disponiendo que su redacción corresponderá a la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Si bien, en la dirección y seguimiento del Plan, participan además la Consejería de Agricultura y Pesca, la Consejería de Medio Ambiente, la Agencia Andaluza del Agua y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, creándose a tal efecto una Comisión de Seguimiento constituida por representantes de los organismos referidos. A dicha Comisión corresponde delimitar el ámbito de actuación así como conocer e informar los contenidos del Plan Especial y las alegaciones que se produzcan como consecuencia de la información pública y audiencia del mismo.

El referido Plan Especial se redacta conforme a las finalidades establecidas en el artículo 14.1, apartados a), e) y f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y su objetivo principal es compatibilizar las oportunidades de desarrollo de este territorio, especialmente en materia de agricultura y turismo, con la protección de los excepcionales valores naturales de Doñana y el uso racional del agua, adoptando para ello determinaciones en relación con el modelo territorial sostenible, el control de las extracciones y la distribución racional del agua, la ordenación del espacio agrícola, la conservación y restauración de suelos forestales y el establecimiento de un marco territorial de conexión ecológica.

El ámbito comprende una superficie de 64.831 hectáreas cuya delimitación ha sido aprobada por la Comisión de Seguimiento del Plan Especial, en cumplimiento del punto 3 del apartado Cuarto, del Acuerdo de 4 diciembre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se acuerda la formulación del Plan Especial. Asimismo, en cumplimiento del artículo 40.1 de la Ley 7/2007, de 7 de julio, de Gestión Integral de la Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Plan Especial se acompaña del Estudio de Impacto Ambiental.

A tenor de lo anteriormente expuesto, y conocidos e informados favorablemente los contenidos del Plan Especial por la Comisión de Seguimiento, vista la propuesta de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y en el artículo 40 de la Ley 7/2007, de 7 de julio, de Gestión Integral de la Calidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía; en virtud de las competencias que tengo atribuidas por el Acuerdo de 4 de diciembre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se acuerda la formulación del referido Plan Especial y por el Decreto 407/2010, de 16 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda,

DISPONGO

Primero. Aprobar inicialmente el Plan Especial de Ordenación de las zonas de regadíos ubicadas al norte de la Corona Forestal de Doñana, en los términos municipales de Almonte, Bonares, Lucena del Puerto, Moguer y Rociana del Condado (Huelva).

Segundo. Someter a información pública el referido Plan Especial y su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental durante el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente se anunciará el período de información pública en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Huelva.

Durante el citado período, el Plan Especial y el Estudio de Impacto Ambiental quedarán a disposición de cualquier persona que quiera examinarlos y presentar, en su caso, las alegaciones u observaciones que estime pertinentes. La referida documentación se encontrará a disposición del público, en horario de 9,00 a 14,00 horas, en la sede de la Delegación del Gobierno de Huelva, sita en calle Sanlúcar de Barrameda, núm. 3; en la sede de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, sita en la Avenida Diego Martínez Barrio, núm. 10, de Sevilla; en la sede de la Dirección General de Regadíos y Estructuras de la Consejería de Agricultura y Pesca, sita en la calle Tabladilla, s/n, de Sevilla; y en la sede de la Dirección General de Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, sita en avenida Portugal, s/n, Plaza de España, Sector 2, de Sevilla. Igualmente, esta documentación se podrá descargar desde la página web de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda (www.juntadeandalucia.es/obraspublicasyvivienda).

Las alegaciones que se consideren oportunas se podrán formular tanto en las oficinas mencionadas en el párrafo anterior como telemáticamente a través de la referida página web de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y en la página web de la Junta de Andalucía (www.andaluciajunta.es).

Sevilla, 18 de enero de 2011.

JOSEFINA CRUZ VILLALÓN

Consejera de Obras Públicas y Vivienda

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