Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 31/10/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de mayo de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 330/2010. (PP. 1616/2011).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20100006055.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 330/2010. Negociado: 3.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Seansa 1999, S.L.

Procurador: Sr. Rafael F. Rosa Cañadas.

Contra: Manuel Luque Escobar.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 330/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga a instancia de Seansa 1999, S.L., contra Manuel Luque Escobar sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 358/2010

En Málaga a uno de diciembre de dos mil diez.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 330/2010, y seguido entre partes de una y como demandante la entidad mercantil Seansa 1999, S.L., con domicilio social en Casabermeja (Málaga), Urbanización Almazara, local 5, provista del CIF núm. B-92879733, representada por el Procurador don Rafael Rosa Cañadas y asistida por la Letrado doña Lidia Miranda López de Ahumada, y de otra y como demandado don Manuel Luque Escobar, provisto del DNI núm. 25.067.621-J, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por la entidad mercantil Seansa 1999, S.L., representada por el Procurador don Rafael Rosa Cañadas, contra don Manuel Luque Escobar, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que abone a la demandante la cantidad de veintiséis mil seiscientos cuarenta y nueve euros cincuenta y seis céntimos (26.649,56 euros), más los intereses legales de dicha cantidad, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, incrementados en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455, LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Manuel Luque Escobar, extiendo y firmo la presente en Málaga a cuatro de mayo de dos mil once.- La Secretario Judicial.

Descargar PDF