Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 10/11/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 21 de octubre de 2011, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Córdoba en el recurso contencioso-administrativo P.O. núm. 439/2011 y se notifica a los posibles interesados la interposición del mismo.

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Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Uno de Córdoba se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo, P.O. núm. 439/2011, interpuesto por don Ángel Flores Valentín, contra la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Córdoba de fecha 29 de agosto de 2011, por la que se resuelve modificar la puntuación por domicilio familiar de su solicitud de escolarización para su hija en Educación Infantil (3 años), en el C.D.P. «Virgen del Carmen» de Córdoba. Igualmente se requiere por el Juzgado que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso. De conformidad con lo previsto en el artículo 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran, y emplácese, según prevé el artículo 49.1 de la Ley mencionada, a cuantos aparecen como interesados en el expediente a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.

En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo núm. P.O. 439/2011, que se sigue por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Córdoba.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 78, en relación con el artículo 49.1, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Córdoba, 21 de octubre de 2011.- La Delegada, Antonia Reyes Silas.

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