Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 15/11/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Orden de 28 de octubre de 2011, por la que se acuerda la formulación del Plan Especial de Ordenación de las instalaciones portuarias de El Terrón (Lepe, Huelva).

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El Plan de Usos de los Espacios Portuarios de la Ría del Piedras, fue aprobado mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transporte, de 28 de agosto de 2009, publicada en BOJA núm. 178, de 10 de septiembre de 2009. Esta superficie de la Ría del Piedras comprende: la zona intermareal y sumergida desde la Punta del Gato hasta el Bajo de Levante, donde se produce la desembocadura del Río Piedras; la lámina de agua existente desde la Punta del Gato hasta el puerto del Terrón, delimitada lateralmente por las líneas de bajamar en ambas márgenes del río Piedras; y suelos y espacios terrestres vinculados con la infraestructura portuaria de El Terrón (Lepe) y El Rompido (Cartaya), y previsiones para nuevas instalaciones portuarias.

En esta zona de servicio se localizan cinco ámbitos con actividad portuaria claramente definida que se corresponden con los puertos de El Terrón y El Rompido, y las instalaciones existentes en la Punta de la Barreta, San Miguel-Los Pinos y Nuevo Portil-Caño de La Culata.

La adscripción del dominio público portuario ocupado por las instalaciones portuarias de El Terrón tiene una superficie aproximada de 95.000 m², correspondiendo unos 44.000 m² a espacios terrestres, una vez acometidas las modificaciones del recinto portuario propuestas en el Plan de Usos, consistentes en la reversión al dominio público marítimo terrestre de una porción de extensión aproximada de 650.000 m² situada al norte del ámbito portuario y perteneciente al Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha de El Rompido, que por su alto valor ecológico quedará desafectada del uso portuario, mientras que se hace necesaria la incorporación al dominio portuario de una extensión en torno a 20.900 m² de bienes del domino público marítimo-terrestre situados al noreste del recinto de El Terrón para completar el desarrollo de las instalaciones naútico-recreativas previstas , y los restantes 51.000 m²a lámina de agua.

La ordenación propuesta para las instalaciones en San Miguel-Los Pinos supone la racionalización y mejora de unas infraestructuras ya existentes, y que son soporte de la actividad pesquera, naútico-recreativa y actividades complementarias de las anteriores. La ordenación plantea la consolidación de un máximo de 400 embarcaciones entre atraques y fondeos, entre las instalaciones al sur y al norte del puerto.

En el Plan General de Ordenación Urbana de Lepe, aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Huelva el 23 de septiembre de 2005, y la legislación vigente se considera el uso portuario de estas instalaciones como Pesquero y Naútico-Recreativo, y como Sistema General Portuario a desarrollar mediante un Plan Especial.

De conformidad con el artículo 12.1 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, el sistema general de cada puerto se desarrollará urbanísticamente mediante un plan especial de ordenación que redactará la Agencia y que formulará la Consejería competente en materia de urbanismo, por su carácter supramunicipal, a propuesta de aquella. Este Plan Especial se tramitará y aprobará de acuerdo con la normativa urbanística de aplicación, debiendo garantizarse la participación de la Agencia en esta tramitación.

En esta línea, la Agencia Pública de Puertos de Andalucía ha solicitado a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía la formulación del Plan Especial de ordenación de las instalaciones portuarias de El Terrón (Lepe-Huelva). Por su parte, la Dirección General de Urbanismo, con fecha 13 de octubre de 2011, ha emitido informe favorable sobre la formulación del presente Plan Especial, en base al informe del Servicio de Gestión y Ejecución de Planes de dicha Dirección General.

A la vista de estos antecedentes, de acuerdo con el artícu-lo 12.1 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, y el artículo 26 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía; y en virtud de las competencias atribuidas a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda por el artículo 31.2.A.a) de la citada Ley 7/2002 y a la persona titular de dicha Consejería por el artículo 4.3.e) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo,

DISPONGO

Artículo 1. Formulación del Plan Especial.

La presente Orden tiene por objeto acordar la formulación del Plan Especial de ordenación de las instalaciones portuarias de El Terrón (Lepe-Huelva).

Artículo 2. Ámbito del Plan Especial.

El ámbito del Plan Especial, extensión aproximada de 95.000 m², lo forma el espacio delimitado al Norte por el Paraje Natural Marismas del Río Piedras y Flecha del Rompido; al Este por el contorno de la lámina de agua sensiblemente coincidente con la batimétrica -1m BMVE asociada al islote emergente, y situado a unos 70 m de distancia del cantil del muelle pesquero; al Sur en tierra por la explanada portuaria y en el agua por las instalaciones naútico-recreativas; y al Oeste por la carretera A-5055 (de El Terrón a La Antilla) y el suelo urbano correspondiente al núcleo de El Terrón, constituyendo el deslinde del dominio público marítimo-terrestre la delimitación del espacio portuario.

Artículo 3. Tramitación del expediente.

La tramitación del Plan Especial que se formula, de conformidad con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre y el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, la Aprobación Inicial.

b) Tras la Aprobación Inicial, el expediente será sometido a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Huelva y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lepe, con audiencia a los municipios de Lepe y Cartaya, al ser los afectados por el Plan de Usos de los Espacios Portuarios de la Ría del Piedras. Asimismo, se dará traslado de la Aprobación Inicial a los órganos y entidades administrativas que por sus competencias u objeto resulten afectadas por el Plan Especial para que emitan los pronunciamientos oportunos.

c) A la vista del resultado de los trámites previstos en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección General de Urbanismo resolverá, en su caso, sobre la Aprobación Provisional del Plan.

d) La Aprobación Definitiva corresponde a la persona titular de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

e) Tras la Aprobación Definitiva, el Plan Especial se inscribirá en los Registros Autonómico y Municipal de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Disposición final primera. Habilitación para su desarrollo.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Urbanismo para adoptar cuantas medidas sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de octubre de 2011

Josefina Cruz Villalón

Consejera de Obras Públicas y Vivienda

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