Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 18/11/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Resolución de 4 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la celebración del Día de la Constitución en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El próximo día 6 de diciembre se conmemora el trigésimo tercer aniversario de la aprobación en referéndum por el pueblo español de la Constitución Española. Dada la relevancia que la carta magna representó para la consolidación de un marco de convivencia cívica asentada en el Estado de Derecho y en las libertades individuales, así como para la conversión de Andalucía en comunidad autónoma, se hace conveniente conmemorar en los centros docentes andaluces, sostenidos con fondos públicos, este evento con la importancia que merece.

Por ello, e independientemente de lo recogido en el Plan de Centro de los centros educativos respecto a las enseñanzas del ordenamiento constitucional para el curso 2011/2012, esta conmemoración estará orientada a fomentar en el alumnado los valores ciudadanos y democráticos sobre los que se asienta el sistema de libertades y de derechos humanos que constituyen la esencia de nuestra convivencia democrática. Todo ello deberá ir orientado a sensibilizar a los alumnos y alumnas en la adquisición de una cultura cívica que impregne las conductas y relaciones sociales.

Por todo ello, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa ha dispuesto:

Primero. Todos los centros docentes, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Andalucía celebrarán, con anterioridad al día 6 de diciembre de 2011, el trigésimo tercer aniversario de la ratificación por la ciudadanía de la Constitución Española.

Segundo. Anteriormente a la citada fecha, los centros, en virtud de la autonomía pedagógica, de organización y de gestión que les concede la Ley 17/2007 de Educación de Andalucía, de 10 de diciembre, y los respectivos reglamentos orgánicos, programarán actividades destinadas a fomentar entre el alumnado el conocimiento de nuestro ordenamiento constitucional y a promover los valores cívicos y democráticos.

Tercero. Dicha programación comprenderá actividades a realizar con el alumnado dentro del horario lectivo, pudiendo tener igualmente carácter de actividades extraescolares. Para ello, los centros educativos podrán promover la colaboración con ayuntamientos, instituciones y otras organizaciones que participen de los valores cívicos y democráticos.

Cuarto. La citada programación incluirá, al menos, una hora para el debate y la realización de actividades sobre algún aspecto de nuestra Constitución, teniendo en cuenta la edad y el nivel del alumnado. Para dichas actividades se podrá contar con personalidades invitadas a tal fin.

Quinto. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario para la realización de las actividades programadas por los respectivos centros.

Sevilla, 4 de noviembre de 2011.- La Directora General, María Pilar Jiménez Trueba.

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