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Intentada sin efecto la notificación de la Resolución y liquidación formulada en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 (L.R.J.A.P. y P.A.C.), de 26 de noviembre de 1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo; significándoles que en el plazo de un mes, queda de manifiesto el expediente, en el Departamento de Informes y Sanciones de esta Delegación, Palacio de la Tinta, C/ Paseo de Reding, 20, de Málaga; pudiendo formular recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente. Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario a partir del día siguiente a la fecha en que esta resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya sido interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En cuyo caso el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos siguientes:
Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere firmeza hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran firmeza hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
En el supuesto de que se interponga recurso de alzada, el plazo para el pago en período voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la Resolución recaída en el mencionado recurso, con los siguientes plazos:
Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Las notificadas entre los días 16 y ultimo de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja General de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 046 que se adjunta.
Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio.
Interesado: Bernardus Antonius Schonk.
Expediente: MA/2010/350/AG.MA../COS.
Infracción: Grave, artículos 90.C, 91.2E) y 97.1.B) de la Ley de Costas.
Sanción: Multa de 962,5 euros.
Otras obligaciones no pecuniarias: Art. 130 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimeinto Administrativo Común, art. 95 de la Ley de Costas y 175 de su reglamento, legalizacion de la actuacion mediante autorizacion de usos, en caso contrario deberá devolver el terreno a su estado originario.
Acto notificado: Resolución definitiva del procedimiento sancionador y Modelo Liquidación 046.
Fecha: 16 de septiembre de 2011.
Plazo de recurso de alzada: Un mes, contado desde la notificación de la presente Resolución.
Málaga, 11 de noviembre de 2011.- El Delegado, Francisco Fernández España.
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