Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 05/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Marbella (antiguo Mixto núm. Tres), dimanante de procedimiento ordinario núm. 2188/2009. (PP. 3302/2011).

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NIG: 2906942C20090013714.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2188/2009. Negociado: 08.

De: Banco Santander, S.A.

Procurador: Sr. Carlos Serra Benítez.

Contra: María Gracia Balboa Navarrete.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2188/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Marbella (antiguo Mixto núm. Tres) a instancia de Banco Santander, S.A., contra María Gracia Balboa Navarrete sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA nÚm. 921

En Marbella, a veintinueve de junio de dos mil once.

Vistos por mí, José Antonio Baena Sierra, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Marbella, los autos de Juicio Ordinario número 2188/2009 seguido en este Juzgado a instancia de Banco de Santander, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Carlos Serra Benítez y con la asistencia letrada de don Manuel Conejo Doblado, frente a doña María Gracia Balboa Navarrete, en situación de rebeldía, se ha dictado en el nombre del Rey la presente resolución.

FALLO

Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por Banco de Santander, S.A., frente a doña María Gracia Balboa Navarrete, con los siguientes pronunciamientos:

1. Se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de trece mil seiscientos treinta y ocho euros con sesenta y siete céntimos de euro (13.638,67 €), más los intereses indicados en el Fundamento Tercero de la presente resolución.

2. Se condena a la parte demandada al pago de las costas de esta instancia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga que habrá de prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela, manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan, y tener constituido un depósito de cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el limo. Sr. Magistrado-Juez que la firma en la Audiencia Publica del día de su fecha. Doy fe. Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s María Gracia Balboa Navarrete, extiendo y firmo la presente en Marbella a uno de septiembre de dos mil once.- El/la Secretario.

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