Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 09/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 5 de octubre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de La Línea de la Concepción, dimanante de procedimiento ordinario núm. 693/2009. (PP. 3817/2011).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 1102242C20090002199.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 693/2009.

Negociado: MS.

De: Doña María del Prado Gómez Amado.

Procurador: Sr. Pedro Escribano.

Contra: Zhaomin Zhou.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 693/2009, seguido a instancia de María del Prado Gómez Amado frente a Zhaomin Zhou se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 64/11

En La Línea de la Concepción, a 20 de junio de 2011.

Vistos por mí, la Ilma. Sra. doña María del Carmen Gómez Cabello, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de La Línea de la Concepción y su partido, los presentes autos de juicio ordinario con número 693/2009, a instancias de María del Prado Gómez Amado, representada por el Procurador Sr. Escribano, contra Zhaomin Zhou, en situación de rebeldía procesal, en reclamación de la cantidad de 28.938,68 €, así como las rentas que se han ido devengando hasta la finalización del contrato, más intereses y costas, resultando los siguientes,

FALLO

Que debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de María del Prado Gómez Amado contra Zhaomin Zhou, debo condenar y condeno a esta a que abone a la actora la cantidad de sesenta mil setecientos cuarenta y un euros y cincuenta y cuatro céntimos (60.741,54 €), así como al pago de los intereses, y ello con la expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz (artículo 455, LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2967 indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Zhaomin Zhou, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En La Línea de la Concepción, a cinco de octubre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF