Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 09/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 16 de junio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Ronda, dimanante de procedimiento ordinario núm. 558/2010. (PP. 3916/2011).

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NIG: 2908441C20102000578.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 558/2010. Negociado: CG.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banesto.

Procurador: Sr. Antonio Herrera Raquejo.

Letrada: Sra. Rocío Martín Delgado.

Contra: Doña Remedios Berlanga González y don Miguel Almario Morales.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 558/2010 seguido a instancia de Banesto frente a Remedios Berlanga González y Miguel Almario Morales se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 65/2011

En Ronda, a 13 de abril de 2011.

Vistos por mí, doña Judith Saiz Soria, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de Ronda, los presentes autos de juicio ordinario 558/2010, seguidos a instancia de Banco Español de Crédito, S.A., representado por el Procurador don Antonio Herrera Raquejo y defendida por la Letrada, doña Rocío Martín Delgado, contra doña Remedios Berlanga González y don Miguel Almario Morales, en situación de rebeldía, teniendo como objeto reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Antonio Herrera Raquejo, en representación de Banco Español de Crédito, S.A., condeno a doña Remedios Berlanga González y don Miguel Almario Morales, a abonar a la actora la cantidad de veintiséis mil ciento cuarenta y tres euros con treinta y dos céntimos (26.143,32 euros) más los intereses de demora al tipo pactado. Las costas se imponen a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes interesadas, y adviertáseles que contra la misma cabe recurso de apelación, que se preparará ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 3003-0000-04-0558-2010, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, y estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

La anterior sentencia, concuerda bien y fielmente con su original a la que me remito y para que así conste y encontrándose dichos demandados, doña Remedios Berlanga González y don Miguel Almario Morales, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Ronda a dieciséis de junio de dos mil once.- El/la Secretario/a Judicial.

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