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Tras los intentos infructuosos de notificación personal, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica al interesado que figura a continuación Acuerdo de Inicio de procedimiento de cancelación, según lo exigido en el art. 58.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; contra este acuerdo de inicio de cancelación no cabe recurso alguno por ser de mero trámite, advirtiéndole que puede, en un plazo inferior a diez días hábiles, aducir alegaciones jurídicas o de hecho. De no formular alegaciones, se tendrá la presente como Propuesta de Resolución.
Establecimiento turístico que se cita:
Establecimiento hotelero: Hospedería Chumbera Azul.
Titular: Hospedería Chumbera Azul, S.L.
Núm. de registro: H/CA/01315.
Domicilio: Colada de la Saladilla, s/n (Patria), 11150, Vejer de la Frontera (Cádiz).
Cádiz, 12 de diciembre de 2011.- El Delegado, Manuel González Piñero.
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