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Por el Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga), se ha acordado ceder gratuitamente la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de un inmueble de 615,40 m², situado en la parcela H ubicada en los sectores UE.VM-7 y UE.VM-8 del PGOU de dicha localidad, con destino a Oficina Comarcal Agraria de la Axarquía.
Por la Consejería de Agricultura y Pesca, se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a Oficina Comarcal Agraria de la Axarquía.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 7 de diciembre de 2011,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga), de un inmueble de 615,40 m², situado en la parcela H ubicada en los sectores UE.VM-7 y UE.VM-8 del PGOU de dicha localidad, con destino a Oficina Comarcal Agraria de la Axarquía.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Vélez-Málaga (Málaga), al tomo 1.221, libro 292, folio 199, con el número de finca 21.720, con la siguiente descripción:
Urbana: Parcela de equipamiento Público con destino a Oficina Comarcal Agraria, situada en la parcela H ubicada en los Sectores UE.VM-7 y UE.VM-8 del Plan General de Ordenación de Vélez-Málaga. Linda: al Norte, resto de la finca matriz, parcela municipal; Sur, calle Huerto Carrión; Este, Vial B; y Oeste, parcela segregada, parcela de los nuevos Juzgados.
Referencia catastral número 1118303VF0711N0001TB.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Agricultura y Pesca con destino a Oficina Comarcal Agraria de la Axarquía.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 7 de diciembre de 2011
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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