Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 07/02/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 18 de noviembre de 2010, por la que se acuerda la inscripción de la Biblioteca Pública Municipal de Yunquera (Málaga), en el Registro de Bibliotecas de Uso Público de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, reformado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, en su artículo 68.3.2 confiere a nuestra Comunidad Autónoma competencia exclusiva sobre bibliotecas que no sean de titularidad estatal.

Por el Decreto 230/1999, de 15 de noviembre, se aprueba el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía, en cuyo Capítulo V se crea el Registro de Bibliotecas de uso público de Andalucía. La Ley 16/2003 de 22 de diciembre, de Bibliotecas, determina en su artículo 25 que la Consejería de Cultura mantendrá un Registro actualizado de bibliotecas integradas en la Red.

En virtud de las normas citadas, en uso de las competencias que me atribuye el artículo 25 de la Ley de Bibliotecas y de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía, a propuesta de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas,

DISPONGO

Primero. Se acuerda la inscripción de la Biblioteca Pública Municipal de Yunquera (Málaga), en el Registro de Bibliotecas de uso público de Andalucía, por considerar que cuenta con instalaciones, personal y medios suficientes para prestar los servicios bibliotecarios requeridos.

Segundo. Los fondos que integran la colección de la biblioteca forman una unidad de gestión al servicio de la comunidad y deberá quedar garantizada la accesibilidad a los mismos. Su régimen de protección queda sujeto a la legislación vigente.

Tercero. Todos los gastos de sostenimiento de la biblioteca correrán a cargo del Ayuntamiento de Yunquera, debiendo consignar en sus presupuestos ordinarios las partidas destinadas al funcionamiento del centro, especificando por separado las partidas destinadas a personal, adquisiciones bibliográficas y gastos corrientes. A tales efectos, de conformidad con el artículo 3.3 del Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía, la biblioteca proporcionará a la Consejería de Cultura los datos de personal, presupuesto, instalaciones y servicios que aquella le solicite.

Cuarto. La biblioteca cuya inscripción se acuerda, así como el Ayuntamiento de Yunquera (Málaga), como promotor de la misma, quedan sometidos al cumplimiento de las obligaciones previstas en la vigente Ley de Bibliotecas y en el Reglamento del Sistema Bibliotecario de Andalucía, así como a la Ley de Patrimonio Histórico Español y la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía.

Sevilla, 18 de noviembre de 2010

Paulino Plata Cánovas

Consejero de Cultura

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