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En virtud de las competencias atribuidas al Rector de esta universidad por el artículo 19 de la Ley 4/1994, de 12 de abril, de creación de la Universidad Internacional de Andalucía, modificada por la Ley 15/2007, de 3 de diciembre, así como las que le confiere el artículo 30 del Reglamento de Funcionamiento de la Universidad, aprobado por Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, y considerando que se dan circunstancias de índole técnica y territorial, según establece el artículo 13 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con el fin de alcanzar la mayor eficacia en la gestión de los órganos universitarios.
Este Rectorado ha dispuesto la delegación de competencias del Rector en las siguientes materias y órganos:
Primero. Se delegan en el Director de la Sede «Santa María de la Rábida», en el ámbito de dicha sede:
1. La expedición de certificaciones académicas y diplomas de aprovechamiento.
2. La autorización del gasto y ordenación de los pagos en los contratos administrativos que tengan la consideración de menores según la legislación aplicable en materia de contratos de las administraciones públicas.
Segundo. Se delegan en la Directora de la Sede «Antonio Machado», en el ámbito de dicha sede:
1. La expedición de certificaciones académicas y diplomas de aprovechamiento.
2. La autorización del gasto y ordenación de los pagos en los contratos administrativos que tengan la consideración de menores según la legislación aplicable en materia de contratos de las administraciones públicas.
Tercero. Se delegan en el Director de la Sede del Parque Tecnológico de Andalucía, en Málaga, en el ámbito de dicha Sede:
1. La expedición de certificaciones académicas y diplomas de aprovechamiento.
2. La autorización del gasto y ordenación de los pagos en los contratos administrativos que tengan la consideración de menores según la legislación aplicable en materia de contratos de las administraciones públicas.
Cuarto. Se delegan en la Gerente de la Universidad:
1. Las competencias no delegadas expresamente en la Directora y los directores de las Sedes Permanentes en materia de gestión de los servicios económicos y administrativos, así como la elaboración de propuestas en materia de contratación y la formalización de los contratos que se celebren.
2. Las competencias derivadas del ejercicio de las funciones de la Jefatura del Personal de Administración y Servicios, sin perjuicio de que la concesión de vacaciones, permisos y licencias, así como la concesión de comisiones de servicios al personal de administración y servicios serán ejercidas por los Gerentes de Sede y la Vicegerencia de la Universidad, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Quinto. Por el órgano delegado, siempre que se haga uso de la delegación contenida en la presente Resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia en el acto administrativo, que se considerará dictado por el órgano delegante, conforme dispone el artículo 13.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexto. En ningún caso podrán delegarse las atribuciones que se posean, a su vez, por delegación contenida en la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Séptimo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, la presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, surtiendo plenos efectos a partir del día 1 de marzo de 2011.
Disposición derogatoria. Queda derogada la Resolución de 30 de noviembre de 2007, de delegación de competencias de este Rectorado (BOJA núm. 253, de 27 de diciembre de 2007).
Sevilla, 14 de febrero de 2011.- El Rector, Juan Manuel Suárez Japón.
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