Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 08/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 15 de febrero de 2011, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de delegación de competencias en la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario de Jaén para la firma de Convenio.

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La Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/98, de 15 de junio), establece las competencias sanitarias que corresponden a la Administración Local y a la Administración de la Junta de Andalucía y permite y promueve la colaboración entre las mismas. En concreto en su art. 38 plantea la colaboración de los Ayuntamientos y de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía en la remodelación, equipamiento, conservación y mantenimiento de centros y servicios sanitarios.

El art. 14 del Decreto 171/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia las competencias genéricas en materia de contratación administrativa, entre las que se incluyen las relativas al establecimiento de Convenios de Colaboración con otras Instituciones.

No obstante, el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la delegación del ejercicio de determinadas competencias en otros órganos, cuando razones de oportunidad o conveniencia así lo aconsejen.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

Delegar en el titular de la Dirección Gerencia del Distrito Sanitario Jaén, de la provincia de Jaén, el ejercicio de las competencias necesarias para suscribir Convenio de Colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Cambil, para cesión gratuita, conservación, mantenimiento de bien inmueble y traslado de muestras.

En los acuerdos que se adopten en virtud de esta delgación, deberá hacerse constar la oportuna referencia a esta Resolución.

Sevilla, 15 de febrero de 2011.- El Director Gerente, José Luis Gutiérrez Pérez.

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