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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 218 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, se hace público lo siguiente:
Tramitado el preceptivo procedimiento, con arreglo a lo previsto en el artículo 91 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 206 y concordantes del Reglamento para su aplicación, mediante Escritura Pública se formaliza la permuta de los siguientes bienes inmuebles, entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera (Cádiz):
Propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía:
- Terrenos procedentes de la desafectación parcial de las vías pecuarias «Colada de Fuente Amarga», «Colada de Carboneros» «Colada de Carabineros», «Colada de Dehesa de la Boyada» y «Colada de la Laguna de la Paja», vinculadas a los ámbitos de planeamiento 2 UE 34 Fuente Amarga, 3 UE 18 Las Lagunas, 3 UE 19 Los Visos, 6 UE 9 Huerta La Rana, 6 UE 11 Polanco, Sector 24 Pelagatos 2, Sector 2 Borreguitos y Sector 9 Conejeras 1, con una longitud de 6.351,09 metros y una superficie de 47.920,56 m².
Propiedad del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera:
- Trozos de terreno urbano que discurren por las Parcelas de Espacio Libre Público de titularidad municipal denominadas ELP-17, ELP-7 y ELP-1 sitas en el Pinar de la Barrosa, con una superficie total de 54.474,52 m², que constituirán el trazado alternativo de las citadas vías pecuarias «Colada de Dehesa de la Boyada» y «Colada de la Laguna de la Paja» de dicho término municipal.
Sevilla, 16 de febrero de 2010.- La Directora General, Isabel Mateos Guilarte.
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