Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Procedimiento: J. Faltas 321/2010. Negociado: R.
NIG: 1402143P20107003862.
De: Marian Zorila.
Contra: Marian Hasanache y Hasanache Lauetentiu, Florín.
EDICTO
Don Antonio García Julia Secretario del Juzgado de Instrucción núm. Siete de Córdoba
Doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas núm. 321/2010, se ha dictado la presente sentencia que, en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
SENTENCIA núm. 37/11
Córdoba, 3 de febrero de 2011.
Doña María D. Rivas Navarro Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Instrucción núm. Siete de los de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa de Juicio de Faltas por amenazas registrada bajo número 321/10 y tramitada a instancia de Marian Zorila en calidad de denunciante contra Marian Hasanache y Florín Hasanache Lauetentiu, ambos en calidad de denunciados, no habiendo sido parte el Ministerio Fiscal y a tenor de los siguientes
FALLO
Absuelvo a los denunciados Marian Hasanache y Florín Hasanache Lauetentiu de la acusación interesada contra ellos, con todos los pronunciamientos favorables, declarándose las costas de oficio.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer en el plazo de cinco días, recurso de apelación ante este Juzgado, que se resolverá por la Audiencia Provincial de Córdoba.
Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Marian Hasanache, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, expido la presente en Córdoba, a quince de febrero de dos mil once.- El/La Secretario.
Descargar PDF