Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Don Miguel Sanz Septien, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con eI núm. 227/2005K, seguido a instancia de don Francisco Javier Cobo Soriano contra la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía y como parte codemandada Ustea, sobre disposición general Decreto 528/04, de la Consejería de Justicia y Admón. Pública de la J.A. de 16 de noviembre de 2004 por cuya virtud se procede a la modificación del Reglamento Gral. de Ingreso Promoción Interna Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Admón. Gral. de la Junta de Andalucía.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala, Sección Primera, núm. 495/2007, con fecha 16 de julio de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«FALLO
Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Javier Cobo Soriano, contra el Decreto 528/04, de 16 de noviembre, que modifica el Reglamento General de Ingreso de Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía (aprobado por Decreto 2/02, de 9 de enero) respecto a la nueva dicción dada a los puntos 1.2 y 2 del art. 54; y consecuentemente, se revoca el acto administrativo impugnado por no ser ajustado a derecho, debiendo mantenerse la redacción existente con anterioridad al Decreto impugnado.
También debemos estimar y estimamos el recurso formulado contra el mismo Decreto respecto de la redacción dada al art. 31, en su apartado b); que se anula por no ser ajustado a derecho. Sin especial pronunciamiento sobre condena en costas.»
Que por la Sección 7.ª de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y en el recurso de casación núm. 008/0005150/2007 y con fecha 18 de noviembre de 2010, se ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva dice:
«FALLAMOS
En los recursos de casación que con el núm. 5150/2007, han interpuesto la Unión de Sindicatos de Trabajadoras y Trabajadores en Andalucía (USTEA), representada por la Procuradora doña Gema Sainz de la Torre Vilalta y la Junta de Andalucía contra la Sentencia núm. 495 dictada, el 16 de julio de 2007, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, procede hacer los siguientes pronunciamientos: 1.º Declarar sin contenido el recurso de casación en cuanto a la impugnación del art. 54, apartados 1.2 y 2 del De reto autonómico 528/04, de 16 de noviembre. 2.º Desestimamos el recurso 227/2005, interpuesto por don Francisco Javier Cobo Soriano en lo que se refiere al art. 31.b) del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, en la redacción que le dio el Decreto 528/2004, de 16 de noviembre. 3.º No hacemos imposición de costas en la instancia debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación.»
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del fallo Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 7 de febrero de 2011.- El/La Secretario.
Descargar PDF