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RESOLUCIÓN
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local y los Estatutos del Consorcio, y,
Visto el Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos en sesión de veintisiete de mayo de 2010 por el que se aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2010, Bases de ejecución Plantilla de Personal y Relación de Puestos de Trabajo para el año 2010, de esta entidad.
Vista la Oferta de Empleo Público del Consorcio de Residuos Sólidos, aprobada mediante Resolución de Presidencia de 6 de julio de 2010, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 130, de 9 de julio de 2010.
Vistos el informe jurídico y las certificaciones que obran en el expediente.
De conformidad con la Disposición Transitoria 4.ª del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007, de 12 de abril), se desprende que la plaza objeto de esta Resolución es de carácter estructural para el necesario funcionamiento de las distintas actividades y servicios que ha de prestar el del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada según sus Estatutos, está dotada presupuestariamente para el ejercicio 2010, y está siendo desempeñada con anterioridad al 1 de enero de 2005.
Y, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, así como en el art. 16.i) de los Estatutos del Consorcio de Residuos Sólidos, publicados en el BOJA núm. 90, de 11 de agosto de 1998, tengo a bien resolver:
Primero. Aprobar la convocatoria para la selección de Personal Laboral Fijo, Técnico Jurídico Administrativo (Licenciatura en Derecho) y sus bases, que son como siguen:
BASES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER UNA PLAZA DE TÉCNICO JURÍDICO ADMINISTRATIVO PARA EL CONSORCIO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GRANADA MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE EN EL MARCO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal de una plaza de Técnico Jurídico Administrativo (Licenciado/a en Derecho), de la plantilla de personal laboral fijo del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Grupo A1, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo A1, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
1.2. Dicha plaza está prevista en la Oferta de Empleo Público del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, aprobada mediante Resolución de la Presidencia de 6 de julio de 2010 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 130, de 9 de julio de 2010.
2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir el personal aspirante.
2.1. Para la admisión a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo establecido en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de contrato laboral, también podrán acceder a la convocatoria además de los extranjeros a que se refieren los apartados 2 y 3 del mencionado art. 57, los que tengan residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza convocada.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de estancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición, de conformidad con lo establecido en el art. 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Instancias y documentación a presentar.
3.1. Los/las aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, sito en calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, donde será debidamente registrada.
El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Presidente del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, bastando que el/la aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. A la instancia habrá de adjuntarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.5. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. La justificación documental relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto «es copia del original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza de su veracidad.
Asimismo, en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.
Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse la correspondiente certificación expedida por el organismo competente y/o los correspondientes contratos laborales visados por el SAE. También deberá aportarse el certificado de fe de vida laboral.
3.6. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada.
4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, se concede a los aspirantes excluidos, y se determinará el día, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se expondrá en el tablón de anuncios del Consorcio.
5. Tribunal
5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución del Presidente del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de presidente/a, 4 vocales y secretario/a. Se designará el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Tal Resolución será publicada en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada.
Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia, Secretaría y la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca los miembros titulares o sus suplentes.
5.4. El Tribunal podrá acordar la incorporación a las sesiones de personas especialistas que le asesoren en los ejercicios de la oposición. Tales asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.
5.5. Las personas miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten una relación de vinculación con esta convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.6. Las personas interesadas podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
5.7. Las personas que componen el Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
5.8. La Presidencia del Tribunal exigirá a sus componentes declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas.
5.9. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de personas aprobadas que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8, último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.10. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y siguientes de la Ley 30/92.
5.11. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de las presentes bases y su desarrollo.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso
b) Oposición
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. La valoración resultante ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso». Dicha valoración ha de publicarse en el tablón de anuncios del Consorcio (Calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada), con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición, se llevará a efecto en la fecha, lugar y hora que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª
6.5. La fecha, lugar y hora de realización del siguiente ejercicio se anunciarán con una antelación mínima de 48 horas, en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días.
6.6. En su caso, la actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 26 de enero de 2010.
6.7. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.8. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
6.10. Valoración de méritos.
Fase de concurso:
A) Méritos profesionales:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual categoría y funciones que las plazas objeto de la presente convocatoria:
a) Por cada mes completo de servicios prestados en el Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, como funcionario interino o contratado temporal en la categoría de Técnico Superior: 0,10 puntos.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el órgano competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se valorarán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Sin embargo, en los casos establecidos en el art. 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.
B) Méritos formativos: Cursos, seminarios, congresos, jornadas y cursos de postgrado.
b.1. Por la realización de cursos de Doctorado en Derecho: 0,10 puntos por cada curso.
b.2. Otros cursos, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
b.3. Por la participación como director, coordinador o ponente: 0,20 puntos.
La participación en una misma actividad docente como director o coordinador y ponente o como ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.
Aplicación del concurso:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 7 puntos.
Meritos formativos: 1 punto.
6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 170 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con el temario de esta convocatoria. El criterio de corrección será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente se restará un tercio del valor de cada pregunta contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, sobre dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que habrán de elegir uno, se plantearán por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, sobre las materias objeto de la plaza que se convoca, en tiempo máximo de tres horas. Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso del material de apoyo que el Tribunal estime oportuno.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática del planteamiento y la formulación de conclusiones y el conocimiento.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
6.13. El cómputo de la puntuación del ejercicio segundo se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por el Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.
6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.
7. Lista de personas aprobadas.
7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos la relación de los candidatos y las candidatas que hubiesen superado la misma, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.
7.2. La relación definitiva de personas aprobadas será elevada al Excmo. Sr. Presidente del Consorcio, con propuesta de Resolución para la contratación laboral fija.
7.3. Los opositores y opositoras que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.
7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
7.5. Las publicaciones de todas las listas, así como la propuesta de Resolución será expuesta en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, con ello se entenderán realizadas todas las notificaciones
8. Presentación de documentos.
8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en el Registro del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.
8.2. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos y/o personal laboral fijo de plantilla, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.
8.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados personal laboral fijo para la plaza a la que se opta y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Contrato laboral fijo.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución para la contratación laboral fija de la persona que haya aprobado el proceso selectivo.
9.2. En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución del apartado anterior se formalizará el contrato laboral.
9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
10. Base final.
10.1. Al presente concurso-oposición le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la función pública, la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
10.2. Contra la convocatoria y sus bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No obstante podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la indicada publicación o cualquier otro recurso que estime procedente.
Segundo. Ordenar la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su exposición en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada».
Así lo resuelve y firma el Sr. Presidente del Consorcio, de lo que yo, como Secretario General del Consorcio, certifico.
ANEXO I
TEMARIO
Tema 1. El concepto de Constitución. La Constitución como Norma Jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978: Estructura.
Tema 2. El Estado Español como Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española.
Tema 3. Los Derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.
Tema 4. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.
Tema 5. La Corona: atribuciones según la Constitución Española. El Poder Judicial: Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.
Tema 6. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: Modalidades.
Tema 7. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo y otros órganos análogos de las Comunidades Autónomas.
Tema 8. El Tribunal Constitucional: organización y recursos.
Tema 9. El Gobierno: Composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública: Principios
Tema 10. La Administración del Estado: Organos superiores y órganos periféricos. El Delegado del Gobierno. La Administración consultiva. La Administración Institucional.
Tema 11. La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. La Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organizaciones sindicales y empresariales en España. Evolución histórica y situación actual. Principios constitucionales informadores.
Tema 12. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en la Constitución Española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía: Especial referencia a las Competencias en materia de Régimen Local.
Tema 13. Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: Mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local.
Tema 14. Las Instituciones autonómicas. Previsiones constitucionales. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Defensor del Pueblo de Andalucía.
Tema 15. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal y atribuciones. El Consejo de Gobierno: Atribuciones y composición. Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Tema 16. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autonómica de Andalucía.
Tema 17. El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos. Normas y realidad social. La aplicación del Derecho.
Tema 18. La Administración Pública: Concepto. Las Administraciones y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.
Tema 19. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. El valor de la Costumbre y los Principios Generales del Derecho.
Tema 20. La Ley: Concepto y Clases. disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley.
Tema 21. El Reglamento. Clases. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.
Tema 22. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados. Los actos de la Administración en régimen jurídico privado.
Tema 23. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. R.D. 1671/2009, de 6 de noviembre, de desarrollo parcial Ley 11/2007.
Tema 24. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Motivación, notificación y eficacia. La validez de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos: anulación y revocación.
Tema 25. La obligación de la Administración Pública de resolver. Contenido de la Resolución expresa. La falta de Resolución expresa. El régimen del silencio administrativo.
Tema 26. El Procedimiento Administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: Iniciación, Ordenación, Instrucción y Terminación. Procedimientos de ejecución.
Tema 27. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Requisitos generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos de alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión. Las reclamaciones económicas-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.
Tema 28. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.
Tema 29. Los contratos del sector público: Delimitación. Los principios generales de la contratación del sector público: Racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, la información, el régimen de la invalidez y la revisión de decisiones en materia de contratación.
Tema 30. Las partes en los contratos del sector público. El órgano de contratación. El empresario: Capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación.
Tema 31. La preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Clases de expedientes de contratación. La selección del contratista: Procedimientos, formas y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato. La invalidez de los contratos.
Tema 32. Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. La revisión de precios. La extinción de los contratos administrativos. La cesión de los contratos y la subcontratación.
Tema 33. El contrato de obras. Actuaciones administrativas preparatorias. Formas de adjudicación. Formalización. Efectos. Extinción. La cesión del contrato y subcontrato de obras. Ejecución de obras por la propia administración.
Tema 34. El contrato de concesión de obra pública: Principios, derechos y obligaciones de las partes. Prerrogativas y derechos de la Administración. Régimen económico financiero. Extinción. Subcontratación.
Tema 35. El contrato de suministro: Régimen jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y Resolución. El contrato de servicios: Régimen jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y Resolución. El contrato de servicios: Régimen jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y Resolución.
Tema 36. Los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. Organización administrativa de la contratación. Aplicación de la Ley de contratos del sector público a las Entidades Locales.
Tema 37. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales.
Tema 38. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.
Tema 39. La intervención administrativa. Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento y sus manifestaciones.
Tema 40. La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas administraciones públicas.
Tema 41. La potestad sancionadora de la Administración: Procedimiento sancionador y principios generales.
Tema 42. El servicio público. Teoría general. Formas de gestión. Especial referencia a la concesión.
Tema 43. Propiedades administrativas. Clases. El dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico del dominio público. El patrimonio privado. Análisis del carácter básico y de aplicación general de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Tema 44. La Administración Pública como organización: Los elementos esenciales que la configuran. La dirección de las organizaciones.
Tema 45. Planificación y programación de la actividad administrativa. La modernización de las Administraciones Públicas. El análisis de las políticas públicas.
Tema 46. Las nuevas orientaciones de la gestión pública. La Administración al servicio del ciudadano. Tecnologías de la información y Administración Pública.
Tema 47. La Unión Europea. Origen y evolución. Tratados de la Unión Europea y de Funcionamiento de la misma. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Tema 48. Las Instituciones Comunitarias: Organización y competencias. La participación de los entes territoriales no estatales en el proceso decisorio.
Tema 49. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España: Participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario Europeo.
Tema 50. Régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 51. La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España. Organización y competencias de la provincia.
Tema 52. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho Español. Organización y competencias municipales.
Tema 53. El régimen de los municipios de gran población Organización y competencias.
Tema 54. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.
Tema 55. El sistema electoral local. La elección de Concejales y Alcaldes. La elección de los Diputados Provinciales y del Presidente de las Diputaciones Provinciales. Causas de inelegibilidad e incapacidad. La moción de censura en el ámbito local. El Estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.
Tema 56. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.
Tema 57. Otras entidades locales complementarias y fórmulas asociadas para la gestión de los servicios: Especial referencia a la Ley de Autonomía Local de Andalucía.
Tema 58. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 59. Autonomía local y tutela.
Tema 60. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases y régimen jurídico.
Tema 61. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los Funcionarios Públicos Locales.
Tema 62. Derechos del personal al servicio de las Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales.
Tema 63. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.
Tema 64. El contrato de trabajo: Concepto, elementos y contenido. Las modalidades del contrato de trabajo.
Tema 65. Modificación de la relación laboral. La extinción de la relación laboral.
Tema 66. El patrimonio de las Entidades Locales. Régimen jurídico. Clases de bienes. Potestades administrativas con relación a sus bienes; la tutela de los mismos. Régimen de utilización de los de dominio público.
Tema 67. La formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.
Tema 68. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento El condicionamiento de las licencias.
Tema 69. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.
Tema 70. Las empresas municipales. Los Consorcios.
Tema 71. Las Haciendas Locales: clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
Tema 72. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
Tema 73. Los impuestos Locales.
Tema 74. Régimen jurídico del gasto público local.
Tema 75. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.
Tema 76. Evolución histórica de la legislación urbanística estatal. La sentencia del Tribunal Constitucional número 61/1997, de 20 de marzo. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo. La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía de 2002 y sus reformas. Sus normas de desarrollo.
Tema 77. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo según la legislación estatal y andaluza: principios generales. Clasificación. Régimen de las distintas clases de suelo en la legislación estatal y autonómica. Criterios de valoración.
Tema 78. Ordenación del Territorio y urbanismo: problemas de articulación La ordenación del territorio en Andalucía: sus instrumentos de ordenación territorial y su incidencia urbanística.
Tema 79. Planeamiento general en Andalucía. Planes Generales de Ordenación Urbanística: objeto y determinaciones. Planes de Ordenación Intermunicipal. Planes de Sectorización. Municipios sin planeamiento general: los proyectos de delimitación del suelo urbano y normas de aplicación directa.
Tema 80. Regulación jurídica de los residuos en el Derecho Comunitario, Nacional y Andaluz.
Tema 81. Planes nacionales sobre residuos. Planes directores sobre residuos en Andalucía. Planes directores sobre residuos en la Provincia de Granada.
Tema 82. Normativa medioambiental, especial referencia a las Leyes 16/2002, de 1 de julio de 2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Tema 83. Normativa medioambiental, especial referencia a la normativa sobre protección de las aguas continentales y litorales.
Tema 84. Residuos sólidos urbanos. Conceptos generales: clasificación, producción, composición. Sustancias contaminantes en residuos sólidos urbanos. Prevención y minimización de residuos. Sistemas de recogida de residuos sólidos urbanos. Características, planificación y control del servicio.
Tema 85. La limpieza urbana: concepto de limpieza urbana. Condiciones del servicio de limpieza. Prevención del ensuciamiento. Tratamientos de limpieza. Organización de los servicios de limpieza: planificación, desarrollo e información y control. Tendencias de futuro de la limpieza viaria.
Tema 86. Residuos agrícolas, normativa aplicable.
Tema 87. Regulación jurídica de los espacios naturales protegidos, especial referencia a la normativa andaluza.
Tema 88. Ley 31/1995 de Prevención de riesgos laborales: objeto y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los trabajadores contenidos en la ley. Servicios de Prevención y Comité de Seguridad y Salud en los centros de trabajo. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo.
Tema 89. El Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada: Competencias, Convenios de colaboración suscritos con los Sistemas Integrados de Gestión.
Tema 90. El Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada: Estructura interna. Funciones. Régimen orgánico, funcional, de personal, financiero, presupuestario y contable. Régimen Jurídico.
ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS
1. PLAZA A QUE SE ASPIRA:
Plaza incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2009
RÉGIMEN □ Funcionarial
□ Laboral
Especialidad, en su caso:
2. CONVOCATORIAS:
Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia: Número
Fecha
SISTEMA DE ACCESO
□ OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE CONSOLIDACIÓN EMPLEO TEMPORAL
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE RESERVA A MINUSVALÍA
3. DATOS PERSONALES:
Nombre:
DNI:
Apellidos:
Domicilio a efectos de notificaciones:
Población: Código Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto:
Fecha de nacimiento:
Nacionalidad:
MANIFIESTA: Que reúne las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria
4. TITULACIÓN:
5. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA JUSTIFICATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS:
1.
2.
3.
4.
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos las datos que figuran en esta solicitud.
En , a de de
AL SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GRANADA.
Con fecha de 17 de enero de 2011, la Presidencia del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada ha dictado la siguiente
RESOLUCIÓN
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local y los Estatutos del Consorcio, y,
Visto el Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos en sesión de veintisiete de mayo de 2010 por el que se aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2010, Bases de ejecución Plantilla de Personal y Relación de Puestos de Trabajo para el año 2010, de esta entidad.
Vista la Oferta de Empleo Público del Consorcio de Residuos Sólidos, aprobada mediante Resolución de Presidencia de 6 de julio de 2010, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 130, de 9 de julio de 2010.
Vistos el informe jurídico y las certificaciones que obran en el expediente.
Considerando que la plaza objeto de esta Resolución es de carácter estructural para el necesario funcionamiento de las distintas actividades y servicios que ha de prestar el del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada según sus Estatutos y que la misma está dotada presupuestariamente para el ejercicio 2010.
Y, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, así como en el art. 16.i) de los Estatutos del Consorcio de Residuos Sólidos, publicados en el BOJA núm. 90 de 11 de agosto de 1998, tengo a bien resolver:
Primero. Aprobar la convocatoria para la selección de Personal Laboral Fijo (Administrativo) y sus bases, que son como siguen:
BASES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO PARA EL CONSORCIO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE GRANADA MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Administrativo/A (título de Bachiller, Técnico o equivalente), de la plantilla de personal laboral fijo del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Grupo C1, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo C1, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
1.2. Dicha plaza está prevista en la Oferta de Empleo Público del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, aprobada mediante Resolución de Presidencia de 6 de julio de 2010 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 130, de 9 de julio de 2010.
2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir el personal aspirante.
2.1. Para la admisión a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo establecido en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del empleado Público. En caso de contrato laboral, también podrán acceder a la convocatoria además de los extranjeros a que se refieren los apartados 2 y 3 del mencionado art. 57, los que tengan residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza convocada.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de estancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición, de conformidad con lo establecido en el art. 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Instancias y documentación a presentar.
3.1. Los/las aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, sito en calle Tórtola, 21 bajo, 18014, Granada, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, donde será debidamente registrada.
El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Presidente del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, bastando que el/la aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias. A la instancia habrá de adjuntarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.5. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. La justificación documental relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto «es copia del original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza de su veracidad. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.
Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse la correspondiente certificación expedida por el organismo competente y/o los correspondientes contratos laborales visados por el SAE. También deberá aportarse el certificado de fe de vida laboral.
3.6. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada.
4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, se concede a los aspirantes excluidos, y se determinará el día, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio. La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se expondrá en el tablón de anuncios del Consorcio.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución del Presidente del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de presidente/a, 4 vocales y secretario/a. Se designará el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Tal Resolución será publicada en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Calle Tórtola, 21 bajo 18014 Granada
Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia, Secretaría y la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca los miembros titulares o sus suplentes.
5.4. El Tribunal podrá acordar la incorporación a las sesiones de personas especialistas que le asesoren en los ejercicios de la oposición. Tales asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.
5.5. Las personas miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten una relación de vinculación con esta convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.6. Las personas interesadas podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
5.7. Las personas que componen el Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
5.8. La Presidencia del Tribunal exigirá a sus componentes declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas.
5.9. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de personas aprobadas que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8, último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.10. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y siguientes de la Ley 30/92.
5.11. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de las presentes bases y su desarrollo.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes, debido a las especiales características del Consorcio, la gestión de los servicios que presta, así como su relación con las entidades consorciadas justifica la elección del concurso-oposición como sistema selectivo, el cual constará de las siguientes fases:
a) Concurso
b) Oposición
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. La valoración resultante ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso». Dicha valoración ha de publicarse en el tablón de anuncios del Consorcio (Calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada), con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición, se llevará a efecto en la fecha, lugar y hora que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª
6.5. La fecha, lugar y hora de realización del siguiente ejercicio se anunciará con una antelación mínima de 48 horas, en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, calle Tórtola, 21, bajo. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días.
6.6. En su caso, la actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 26 de enero de 2010.
6.7. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
6.10. Valoración de méritos.
Fase de concurso:
A) Méritos profesionales:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual categoría y funciones que las plazas objeto de la presente convocatoria:
a) Por cada mes completo de servicios prestados en el Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, como funcionario interino o contratado temporal en categoría equivalente a la de Administrativo o Auxiliar Administrativo: 0,20 puntos.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,10 puntos.
c) En el sector privado: 0,05 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el órgano, entidad o empresa competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se valorarán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Sin embargo, en los casos establecidos en el art. 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.
B) Méritos formativos: Cursos, seminarios, congresos, jornadas y cursos de postgrado.
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
b.1. Por estar en posesión de Diplomatura o Licenciatura Universitaria: 0,5 puntos.
b.2. Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
b.3. Por la participación como director, coordinador o ponente: 0,20 puntos.
La participación en una misma actividad docente como director o coordinador y ponente o como ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.
Aplicación del concurso:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 7 puntos.
Meritos formativos: 1 punto.
6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 150 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con el temario de esta convocatoria. El criterio de corrección será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente se restará un tercio del valor de cada pregunta contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, sobre dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que habrán de elegir uno, se plantearán por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, sobre las materias objeto de la plaza que se convoca, en tiempo máximo de dos horas. Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso del material de apoyo que el Tribunal estime oportuno.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática del planteamiento y la formulación de conclusiones y el conocimiento.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
6.13. El cómputo de la puntuación del ejercicio segundo se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por el Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.
6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.
7. Lista de personas aprobadas.
7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos la relación de los candidatos y las candidatas que hubiesen superado la misma, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.
7.2. La relación definitiva de personas aprobadas será elevada al Excmo. Sr. Presidente del Consorcio, con propuesta de Resolución para la contratación laboral fija.
7.3. Los opositores y opositoras que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.
7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
7.5. Las publicaciones de todas las listas, así como la propuesta de Resolución será expuesta en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, con ello se entenderán realizadas todas las notificaciones
8. Presentación de documentos.
8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en el Registro del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas Bases.
8.2. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos y/o personal laboral fijo de plantilla, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.
8.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados personal laboral fijo para la plaza a la que se opta y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Contrato laboral fijo.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución para la contratación laboral fija de la persona que haya aprobado el proceso selectivo.
9.2. En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución del apartado anterior se formalizará el contrato laboral.
9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
10. Base final.
10.1. Al presente concurso-oposición le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la función pública, la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
10.2. Contra la convocatoria y sus bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No obstante podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la indicada publicación o cualquier otro recurso que estime procedente.
Segundo. Ordenar la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su exposición en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada.
Así lo resuelve y firma el Sr. Presidente del Consorcio, de lo que yo, como Secretario General del Consorcio, certifico.
ANEXO I
TEMARIO
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura.
Tema 2. Derechos y Deberes Fundamentales de los españoles.
Tema 3. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los Entes Públicos: Las Administraciones del Estado. Autonómica, Local e Institucional.
Tema 4. La Organización Territorial del Estado. La Administración Autonómica: principios informadores y organización.
Tema 5. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Competencias y organización de la comunidad Autónoma Andaluza.
Tema 6. La Unión Europea. Los tratados originarios y modificaciones: especial referencia al Tratado de la Unión Europea. Objetivos y naturaleza jurídica de las Comunidades. La unión política. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea.
Tema 7. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del derecho público. La Ley: sus clases. El Reglamento. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
Tema 9. Régimen Local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 10. La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias.
Tema 11. El municipio. Organización municipal. Competencias. Especial referencia a los municipios de gran población.
Tema 12. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.
Tema 13. Elementos del Municipio: el término municipal. La población. El empadronamiento.
Tema 14. La Ley de Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales. Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Tema 15. El presupuesto local. Concepto. principios presupuestarios. Contenido. Elaboración, aprobación y ejecución del presupuesto. Su liquidación, control y fiscalización.
Tema 16. La expropiación forzosa. concepto y elemento. Procedimiento general de expropiación: fases.
Tema 17. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 18. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los Funcionario Públicos Locales. Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tema 19. Derechos del personal al servicio de la Entidades Locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Deberes del personal al servicio de las Entidades Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.
Tema 20. La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Los contratos del sector público. Elementos del contrato. Garantías. El expediente de contratación. Adjudicación y formalización.
Tema 21. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.
Tema 22. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.
Tema 23. Los bienes de las Entidades Locales. La Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía. Régimen jurídico de los bienes de las entidades locales. El patrimonio municipal del suelo.
Tema 24. La Ley 30/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: objeto y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los trabajadores contenidos en la ley. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo.
Tema 25. Igualdad de oportunidades.- Principios de Igualdad: Marco Normativo Español. Estrategias para desarrollar la Igualdad de Oportunidades.
Tema 26. La relación jurídica administrativa. Las personas jurídicas públicas: clases y capacidad. El administrado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos.
Tema 27. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación: revisión, anulación y revocación. El principio de legalidad en la actuación administrativa.
Tema 28. La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónicos de los ciudadanos a los servicios públicos. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley. Los registros, las comunicaciones y las notificaciones electrónicas. De la gestión electrónica de los procedimientos. Utilización de los medios electrónicos en la tramitación del procedimiento.
Tema 29. El Procedimiento Administrativo (I): Sujetos, la Administración y los interesados. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
Tema 30. El Procedimiento Administrativo (II): Los registros administrativos. Término y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.
Tema 31. El Procedimiento Administrativo (III): Iniciación. Desarrollo: A) Ordenación. B) Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.
Tema 32. El Procedimiento Administrativo (IV): Terminación. La obligación de resolver. Contenido de la Resolución expresa. La terminación convencional. La falta de Resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.
Tema 33. La revisión de los actos en vía administrativa: La revisión de oficio. Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.
Tema 34. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de Entrada y Salida.
Tema 35. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución.votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 36. La administración de los archivos. Clases de archivos. Organización del trabajo de archivo.
Tema 37. El análisis de tareas. Análisis de funciones. Las mejoras en los procedimientos.
Tema 38. Los informes administrativos. Categoría y clases. Regulación Jurídica de los mismos.
Tema 39. Informática básica. El ordenador. Tipos y componentes.
Tema 40. La Ofimática: en especial el tratamiento de textos y la base de datos. Principios Generales.
ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS
1. PLAZA A QUE SE ASPIRA:
Plaza incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2010
RÉGIMEN □ Funcionarial
□ Laboral
Especialidad, en su caso:
2. CONVOCATORIAS:
Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia: Número
Fecha
SISTEMA DE ACCESO
□ OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE RESERVA A MINUSVALÍA
3. DATOS PERSONALES:
Nombre:
DNI:
Apellidos:
Domicilio a efectos de notificaciones:
Población: Código Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto:
Fecha de nacimiento:
Nacionalidad:
MANIFIESTA: Que reúne las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria
4. TITULACIÓN:
5. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA JUSTIFICATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS:
1.
2.
3.
4.
El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos las datos que figuran en esta solicitud.
En , a de de
AL SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GRANADA.
Con fecha de 17 de enero de 2011, la Presidencia del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, ha dictado la siguiente
RESOLUCIÓN
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación de Régimen Local y los Estatutos del Consorcio, y,
Visto el Acuerdo adoptado por la Asamblea General del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos en sesión de veintisiete de mayo de 2010 por el que se aprueba el Presupuesto para el ejercicio 2010, bases de ejecución Plantilla de Personal y Relación de Puestos de Trabajo para el año 2010, de esta entidad.
Vista la Oferta de Empleo Público del Consorcio de Residuos Sólidos, aprobada mediante Resolución de Presidencia de 6 de julio de 2010, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 130, de 9 de julio de 2010.
Vistos el informe jurídico y las certificaciones que obran en el expediente.
Considerando que la plaza objeto de esta Resolución es de carácter estructural para el necesario funcionamiento de las distintas actividades y servicios que ha de prestar el del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada según sus Estatutos y que la misma está dotada presupuestariamente para el ejercicio 2010.
Y, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 15 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, así como en el art. 16.i) de los Estatutos del Consorcio de Residuos Sólidos, publicados en el BOJA núm. 90, de 11 de agosto de 1998, tengo a bien resolver:
Primero. Aprobar la convocatoria para la selección de Personal Laboral Fijo (Inspector de Instalaciones de Residuos) y sus bases, que son como siguen:
BASES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA PROVEER UNA PLAZA DE INSPECTOR DE INSTALACIONES DE RESIDUOS PARA EL CONSORCIO DE RESIDUOS SÓLIDOS DE GRANADA MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
1. Naturaleza y caracteristicas de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
1.1. El objeto de la presente convocatoria es la provisión por el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Inspector de Instalaciones de Residuos (título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente), de la plantilla de personal laboral fijo del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Grupo C2, y dotada con el sueldo correspondiente al Grupo C2, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
1.2. Dicha plaza está prevista en la oferta de empleo público del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, aprobada mediante Resolución de Presidencia de 6 de julio de 2010 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 130, de 9 de julio de 2010.
2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir el personal aspirante.
2.1. Para la admisión a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea, de conformidad con lo establecido en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En caso de contrato laboral, también podrán acceder a la convocatoria además de los extranjeros a que se refieren los apartados 2 y 3 del mencionado art. 57, los que tengan residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza convocada.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de estancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición, de conformidad con lo establecido en el art. 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
f) Permiso de conducir B.
2.2. Los requisitos establecidos en esta base deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Instancias y documentación a presentar.
3.1. Los/las aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, sito en calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, donde será debidamente registrada.
El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Presidente del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, bastando que el/la aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.5. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán junto a la instancia antes señalada los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. La justificación documental relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto «es copia del original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza de su veracidad. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.
Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse la correspondiente certificación expedida por el organismo competente y/o los correspondientes contratos laborales visados por el SAE. También deberá aportarse el certificado de fe de vida laboral.
3.6. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose además en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada.
4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, se concede a los aspirantes excluidos, y se determinará el día, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio.
La publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se expondrá en el tablón de anuncios del Consorcio.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución del Presidente del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de presidente/a, 4 vocales y secretario/a. Se designará el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Tal Resolución será publicada en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada.
Los miembros del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la base 6.ª de la presente convocatoria.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia, Secretaría y la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca los miembros titulares o sus suplentes.
5.4. El Tribunal podrá acordar la incorporación a las sesiones de personas especialistas que le asesoren en los ejercicios de la oposición. Tales asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.
5.5. Las personas miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten una relación de vinculación con esta convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.6. Las personas interesadas podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
5.7. Las personas que componen el Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
5.8. La Presidencia del Tribunal exigirá a sus componentes declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas.
5.9. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de personas aprobadas que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8, último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.10. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y siguientes de la Ley 30/92.
5.11. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de las presentes Bases y su desarrollo.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes, debido a las especiales características del Consorcio, la gestión de los servicios que presta, así como su relación con las entidades consorciadas justifica la elección del concurso-oposición como sistema selectivo, el cual constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. La valoración resultante ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso». Dicha valoración ha de publicarse en el tablón de anuncios del Consorcio (Calle Tórtola, 21, bajo, 18014, Granada), con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición, se llevará a efecto en la fecha, lugar y hora que indique la Resolución de la Presidencia a la que hace referencia la base 4.ª
6.5. La fecha, lugar y hora de realización del siguiente ejercicio se anunciará con una antelación mínima de 48 horas, en el Tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, Calle Tórtola, 21, bajo. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días.
6.6. En su caso, la actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético, a partir del primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 26 de enero de 2010.
6.7. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
6.9. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
6.10. Valoración de méritos.
Fase de concurso:
A) Méritos profesionales:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual categoría y funciones que las plazas objeto de la presente convocatoria:
a) Por cada mes completo de servicios prestados en el Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, como funcionario interino o contratado temporal en categoría equivalente a la de Inspector de Instalaciones de Residuos: 0,20 puntos.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,10 puntos.
c) En el sector privado: 0,05 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el órgano, entidad o empresa competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se valorarán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Sin embargo, en los casos establecidos en el art. 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.
B) Méritos formativos: Cursos, seminarios, congresos, jornadas y cursos de postgrado.
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
a) Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
b) Por la participación como director, coordinador o ponente: 0,20 puntos.
La participación en una misma actividad docente como director o coordinador y ponente o como ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.
Aplicación del concurso:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 7 puntos.
Meritos formativos: 1 punto.
6.11. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo máximo de 60 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con el temario de esta convocatoria. El criterio de corrección será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente se restará un tercio del valor de cada pregunta contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, sobre dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que habrán de elegir uno, se plantearán por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, sobre las materias objeto de la plaza que se convoca, en tiempo máximo de dos horas. Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso del material de apoyo que el Tribunal estime oportuno.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática del planteamiento y la formulación de conclusiones y el conocimiento.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
6.13. El cómputo de la puntuación del ejercicio segundo se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por el Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.
6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de oposición y la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.
7. Lista de personas aprobadas.
7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos la relación de los candidatos y las candidatas que hubiesen superado la misma, en la que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y de la fase de concurso.
7.2. La relación definitiva de personas aprobadas será elevada al Excmo. Sr. Presidente del Consorcio, con propuesta de Resolución para la contratación laboral fija.
7.3. Los opositores y opositoras que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.
7.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
7.5. Las publicaciones de todas las listas, así como la propuesta de Resolución será expuesta en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, con ello se entenderán realizadas todas las notificaciones
8. Presentación de documentos.
8.1. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en el Registro del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada, los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas bases.
8.2. Quienes ostenten la condición de funcionarios públicos y/o personal laboral fijo de plantilla, estarán dispensados de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válido la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.
8.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados personal laboral fijo para la plaza a la que se opta y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Contrato laboral fijo.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Excmo. Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución para la contratación laboral fija de la persona que haya aprobado el proceso selectivo.
9.2. En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la Resolución del apartado anterior se formalizará el contrato laboral.
9.3. De no formalizarse el contrato en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
10. Base final.
10.1. Al presente concurso-oposición le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D.L. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria, junto con los Anexos que la acompañan, y, supletoriamente, el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
10.2. Contra la convocatoria y sus bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). No obstante podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la indicada publicación o cualquier otro recurso que estime procedente.
Segundo. Ordenar la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y las bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su exposición en el tablón de anuncios del Consorcio de Residuos Sólidos Urbanos de Granada.
Así lo resuelve y firma el Sr. Presidente del Consorcio, de lo que yo, como Secretario General del Consorcio, certifico.
ANEXO I
TEMARIO
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado.
Tema 2. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Estatutos de Autonomía.
Tema 3. La Administración Pública: Concepto y clases. La Administración Local: Concepto y Entidades que la integran.
Tema 4. La Hacienda Pública. Principios y normas generales de la Administración Financiera y Tributaria.
Tema 5. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales según la Ley de Prevención de Riesgos; Principios de la acción preventiva.
Tema 6. Planes nacionales sobre residuos. Planes Directores sobre residuos en Andalucía. Planes directores sobre residuos en la Provincia de Granada.
Tema 7. Los residuos. Objetivos de la política comunitaria en materia de residuos. Catálogo Europeo de Residuos. Normativa sobre residuos.
Tema 8. Residuos sólidos urbanos. Conceptos generales: clasificación, producción, composición. Sustancias contaminantes en residuos sólidos urbanos. Prevención y minimización de residuos. Residuos inertes. Escombros.
Tema 9. Residuos especiales. Características y gestión de los mismos. Los residuos plásticos agrícolas. Producción y gestión. Residuos eléctricos y electrónicos: Producción, características y gestión de los mismos. Lodos de depuración de aguas residuales urbanas. Origen, características y gestión de los mismos. Gestión de aceites usados, estiércoles de explotaciones porcinas, restos de animales, residuos sanitarios y residuos radiactivos.
Tema 10. Los residuos: Los envases. Los envases: concepto, tipos, uso, elección y ciclo de vida. Fabricación y uso de los envases de vidrio, hojalata, aluminio y plástico, papel y cartón. Valorización de los residuos de envases. Normativa sobre envases y sus residuos. Los sistemas de gestión.
Tema 11. Los residuos: Los residuos peligrosos. Normativa sobre residuos peligrosos. Concepto de residuo peligroso. Reparto competencial. Régimen jurídico de los productores, pequeños productores y de los gestores de residuos peligrosos. Técnicas de gestión de los residuos peligrosos.
Tema 12. El servicio público de recogida de residuos sólidos urbanos. Contratación del servicio. Formas de recogida de los residuos sólidos domiciliarios. La recogida en contenedores. La recogida selectiva de las fracciones reciclables de los residuos domiciliarios: Papel cartón, envases y vidrio. Transporte y tratamiento de los residuos sólidos urbanos de origen domiciliario.
Tema 13. Puntos limpios: tipo de instalaciones, parámetros de diseño y estudios de viabilidad. Sistemas integrados de gestión.
Tema 14. Instalaciones de tratamiento de residuos. Plantas de Tratamiento y Transferencia: Estudio de localización y características. Plantas de Clasificación.
Tema 15. Control Integrado de la Contaminación de los sistemas de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos.
Tema 16. Principios de construcción y explotación en vertederos. Diseño de barreras naturales. Sistemas de impermeabilización de vertederos. Procedimientos de vigilancia y control en vertederos. Diseño de la cubrición de vertederos. Clausura y sellado de vertederos. Proyecto y operaciones a realizar. Análisis de alternativas y selección de la ubicación de vertederos. Limitaciones a la ubicación.
Tema 17. Construcción y saneamiento de conducciones en vertederos. Métodos de balance de masas en el estudio de vertederos. Principios hidrogeológicos en vertederos. Modelo de balance de aguas para un vertedero.
Tema 18. Efectos ambientales de los vertederos de residuos urbanos. Lixiviados. Generación, caracterización, recolección y tratamiento de lixiviados de vertedero. Control Integrado de la contaminación en materia de residuos sólidos urbanos.
Tema 19. La inspección ambiental. La autoridad inspectora y sus límites. Tipos de Inspecciones. Procedimiento de inspección. Auditorias e informes ambientales.
Tema 20. El procedimiento sancionador para infracciones ambientales administrativas. Actas de inspección. Apertura de expediente sancionador. Ley 30/1992, LRJ-PAC, y Real Decreto 1398/1993, sobre Procedimiento Sancionador. Competencias para la imposición de sanciones administrativas. Límite entre infracciones administrativas y penales.
ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS
1. PLAZA A QUE SE ASPIRA:
Plaza incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2010
RÉGIMEN □ Funcionarial
□ Laboral
Especialidad, en su caso:
2. CONVOCATORIAS:
Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia: Número
Fecha
SISTEMA DE ACCESO
□ OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
□ CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE RESERVA A MINUSVALÍA
3. DATOS PERSONALES:
Nombre:
DNI:
Apellidos:
Domicilio a efectos de notificaciones:
Población: Código Postal:
Provincia:
Teléfonos de contacto:
Fecha de nacimiento:
Nacionalidad:
MANIFIESTA: Que reúne las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria
4. TITULACIÓN:
5. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA JUSTIFICATIVA DE LOS MÉRITOS ALEGADOS:
1.
2.
3.
4.
El abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos las datos que figuran en esta solicitud.
En , a de de
AL SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE GRANADA.
Granada, 17 de enero de 2011.- El Presidente, Antonio Martínez Caler.
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