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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y de conformidad con el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en uso de la competencia atribuida a esta Consejería por el artículo 43 del citado Decreto,
DISPONGO
Artículo 1. Convocar para su provisión mediante concurso de méritos los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario en el ámbito de esta Consejería en la provincia de Sevilla actualmente vacantes y dotados presupuestariamente, así como aquellos que resulten vacantes debido a la adjudicación a su titular de un nuevo puesto (en adelante «a resultas») por su participación en alguna de las convocatorias simultáneas referidas en la Base primera, excepto los señalados con el carácter de «a extinguir».
Los puestos de trabajo actualmente vacantes, con los requisitos que para cada puesto se especifican de conformidad con lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo, se relacionan en el Anexo I-A, puestos de estructura, y en el Anexo I-B, puestos base, de la presente Orden.
En la web del empleado público se publica la relación de puestos que, encontrándose titularizados, pueden ser, asimismo, solicitados a efectos de las resultas.
Artículo 2. Designar a los miembros de la Comisión de Valoración, relacionados en el Anexo II, conforme a lo dispuesto en la Base décima de la convocatoria.
Artículo 3. Aprobar las Bases que regirán la convocatoria, contenidas en el Anexo III, así como los modelos oficiales siguientes: solicitud de participación (Anexo IV), petición de puesto de estructura y autobaremo (Anexo V), petición de puesto base y autobaremo (Anexo VI), relación de puestos de trabajo de convocatorias simultáneas solicitados por orden de preferencia (Anexo VII) y solicitud de actualización de datos registrales y aportación de documentación (Anexo VIII).
Artículo 4. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este mismo órgano, de conformidad con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Disposición transitoria única. Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.
Si durante la tramitación del procedimiento de provisión se produce la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo, que conlleve el cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo convocados en el artículo 1, la presente Orden se entenderá modificada en el sentido de quedar dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino.
Sevilla, 2 de marzo de 2011
PAULINO PLATA CÁNOVAS
Consejero de Cultura
ANEXO II
COMISIÓN DE VALORACIÓN
Presidente/Presidenta:
Doña Carmen Fuertes Cubero.
Presidente suplente/Presidenta suplente:
Doña Rosa Benítez García.
Vocales:
Doña Carmen González Jornet.
Doña M.ª del Rosario García Victorio.
Don Carlos Cuerda Sierra.
Don Emilio Martínez Force.
Doña Ana Melero Casado.
Vocales suplentes:
Don Luis Javier Jover Oliver.
Don José Cuaresma Pardo.
Don Juan Manuel Becerra García.
Don Juan Vázquez Romero.
Doña Mercedes Guerrero García.
Vocal Secretario/Vocal Secretaria:
Doña Alice Castro Díez.
Vocal Secretario suplente/Vocal Secretaria suplente:
Don José Manuel Anta Remesal.
Ver Anexos III, IV, V, VI, VII y VIII en páginas 119 a 133 del fascículo 2 de 5 de este mismo número
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