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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los artículos 51 y 132 de los Estatutos de Universidad de Jaén, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, acuerda convocar, con aplicación del artículo 75.2 de la mencionada Ley Orgánica, pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Administración Universitaria con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para seis plazas de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén, mediante el sistema de promoción interna.
1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del Empleado Público, y a las bases de esta Resolución.
1.3. El procedimiento de selección de aspirantes será el de concurso-oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado de la Universidad.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Las personas que aspiren a estas plazas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado Universitario, Arquitecto, Ingeniero o titulación equivalente.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por alguna limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.
f) Pertenecer al Cuerpo o Escala de Gestión, prestar servicios en la Universidad de Jaén con carácter definitivo en la situación de servicio activo o con reserva de plaza y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en posesión de los mismos hasta la toma de posesión como funcionario/a de la Escala a que se aspira.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en el modelo de instancia que será facilitado gratuitamente en el Servicio de Información y Asuntos Generales o en el Servicio de Personal y Organización Docente de la Universidad de Jaén, así como en la página web de la Universidad de Jaén, o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública, que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno y en las respectivas Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas.
A la instancia se acompañarán una fotocopia del documento nacional de identidad y el resguardo de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.4.
3.2. Las solicitudes se dirigirán al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Jaén, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General o registros auxiliares de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre).
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.
3.4. Los derechos de examen, por el importe de 28 euros, se ingresarán por los solicitantes en la Caja Rural de Jaén, cuenta número 3067.0109.33.1150653028, a nombre de la Universidad de Jaén, indicando en el ingreso: «Oposiciones Escala Técnica de Administración Universitaria».
3.5. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión de los aspirantes. En ningún caso, la presentación y pago en la Caja Rural supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7. Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la solicitud utilizando el recuadro 5 de la misma, expresando en el 7 las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución en el plazo máximo de un mes que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa en todo caso, de los apellidos, nombre, número de documento nacional de identidad y motivo que la produce.
4.2. En todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días naturales para la subsanación de errores, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4. de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado (edificio B-1) del Campus Las Lagunillas.
5. Tribunal Calificador
5.1. Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 4.1.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará la sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en cualquier caso al menos diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.
5.5. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Jaén.
5.7. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores, para la realización de los ejercicios.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los órganos competentes de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía.
5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren marcas y signos que permitan conocer la identidad del opositor.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Jaén, Paraje Las Lagunillas, sin número, edificio B-1, teléfono 953 212 277.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).
5.11. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
6.2. El orden de actuación de los opositores se determinará mediante sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.
6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de uno o varios de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.
Contra la resolución de exclusión de los aspirantes podrá interponerse recurso de alzada, ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.
7. Listas de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera.
7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Rectorado de la Universidad las relaciones de aspirantes aprobados con las puntuaciones correspondientes.
7.2. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria. Finalizados los ejercicios, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, puntuación de la fase de concurso y la suma total.
La lista de aprobados no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984.
7.3. La relación de aprobados será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios/as de carrera.
7.4. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Personal y Organización Docente, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo III de la convocatoria.
7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario/a de carrera mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes aprobados, ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentadas en la Universidad con el apartado «Reservado para la Administración», debidamente cumplimentado.
8. Norma final.
8.1. La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
8.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 23 de febrero de 2011. El Rector, Manuel Parras Rosa.
ANEXO I
EJERCICIOS Y VALORACIÓN
I.1. El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: concurso y oposición.
I.1.1. En la fase de concurso:
Se valorará hasta un cuarenta por ciento de la puntuación de la fase de oposición, con la siguiente distribución:
Antigüedad: Se valorarán los años completos, o fracción superior a seis meses, reconociéndose a estos efectos los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
La valoración máxima será de 10 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, concediéndose a cada año una puntuación de 0,40 puntos hasta el límite máximo.
Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con destino definitivo el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Nivel 15: Cuatro puntos, y por cada unidad de nivel que le exceda, se sumará 0,5, hasta un máximo de 10 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de la misma.
I.1.2. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios, de tal modo que la no superación de cualquiera de ellos supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso selectivo.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico, de entre tres ofertados por el Tribunal, con desarrollo escrito, permitiéndole consulta bibliográfica. Se realizará en un tiempo máximo de 3 horas y sobre la parte específica del temario.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo y defensa oral de una prueba situacional basada en la parte común del temario, centrándose en demostrar conocimientos sobre la compresión global del sistema universitario jiennense y nacional. En el desarrollo de esta prueba se determinarán la adecuación del perfil de competencias del trabajador con el perfil de exigencias de los puestos de trabajo de nivel 27.
La calificación de los ejercicios será de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
I.1.3. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas será necesario superar el ejercicio de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas en cada grupo.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y oposición. Se dará prioridad al aspirante con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas reglas no se ha dirimido al empate, éste se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes elegidos.
ANEXO II
P R O G R A M A
PARTE COMÚN
Tema 1. Planificación estratégica en las Universidades. Metodologías. Tipos. Desarrollo de proyectos. Instrumentos de planificación y control. El Plan Estratégico de la Universidad de Jaén: elaboración, formulación, implantación, seguimiento y control.
Tema 2. Redes internacionales de evaluación y calidad en Instituciones de Educación Superior. La Agencia Nacional de la Calidad y Acreditación (ANECA): Programas y actividades. La Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación (AGAE): Programas y actividades.
Tema 3. El marco para la evaluación y la calidad en la Universidad de Jaén: Programas, actividades y experiencias.
Tema 4. Análisis y definición de los procesos de una organización. Grupos de interés. Fundamentos, diseño y evolución de procesos. Métodos de mejora. Fases del análisis.
Tema 5. Evaluación de los servicios públicos. Sistemas de evaluación. Indicadores de seguimiento del funcionamiento de los servicios públicos. Indicadores objetivos de gestión e indicadores de percepción. Acciones de mejora.
Tema 6. La planificación estratégica de recursos humanos, ventajas de su utilización. Plan de identificación de potencial de desarrollo. Mecanismos de adecuación persona-puesto.
Tema 7. La gestión por competencias. Su aplicación en políticas de recursos humanos: Selección, planes de carrera y sucesión, diseño organizativo, evaluación del desempeño, análisis del potencial, formación, la orientación y el desarrollo profesional.
Tema 8. El factor humano en la organización. El grupo en la organización. El liderazgo. La motivación. La cultura corporativa. La Comunicación Interna.
Tema 9. La gestión estratégica en los recursos humanos. Elementos, modelos y principales enfoques.
Tema 10. El presupuesto: Elaboración y aprobación. Principios presupuestarios. Las técnicas presupuestarias.
Tema 11. El presupuesto: Modificaciones presupuestarias, especial referencia a la Universidad de Jaén. Los gastos plurianuales.
Tema 12. El presupuesto: El procedimiento de ejecución presupuestaria. Fases del gasto y del pago. Clases de pagos.
Tema 13. El control de la actividad presupuestaria. Control interno y externo. Control de legalidad y de eficacia. Especial referencia a la Universidad de Jaén. Auditoría externa.
Tema 14. El régimen económico y financiero de la Universidad de Jaén. Especial referencia a la Ley Orgánica de Universidades, Ley Andaluza de Universidades y Estatutos de la Universidad de Jaén.
Tema 15. Contratación del Sector Público: Disposiciones generales de la Ley de Contratos del Sector Público. Configuración general de la contratación y elementos estructurales de los contratos.
Tema 16. Normas generales de ejecución presupuestaria: La ejecución del presupuesto de proyectos de investigación, contratos, convenios, subvenciones específicas y cursos. La gestión del gasto.
Tema 17. La configuración institucional y naturaleza jurídica de las Universidades en la Constitución de 1978 y en la Ley Orgánica de Universidades. El servicio público de la educación superior. La Universidad pública y la Universidad privada. Funciones de la Universidad.
Tema 18. Sistema normativo aplicable a las Universidades. Los Reglamentos Universitarios. La autonomía de las Universidades, doctrina del Tribunal Constitucional.
Tema 19. Los Estatutos universitarios. La Universidad de Jaén: creación, período constituyente. Los Estatutos de la Universidad de Jaén.
Tema 20. Las Universidades y la Administración educativa. Competencias de las Comunidades Autónomas sobre las Universidades. Creación de Universidades, de Centros e Institutos universitarios y autorización de nuevos estudios.
PARTE ESPECÍFICA
Administración Universitaria
Tema 1. El Consejo de Coordinación Universitaria: naturaleza, funciones, composición y organización. La estructura de la administración universitaria en Andalucía. El Consejo Andaluz de Universidades.
Tema 2. Estructura de las Universidades: Facultades, Escuelas Técnicas o Politécnicas Superiores, Escuelas Universitarias o Escuelas Universitarias Politécnicas, Departamentos Institutos Universitarios de Investigación, Centros de enseñanza universitaria adscritos a Universidades Públicas. Referencia a la Universidad de Jaén.
Tema 3. Planes de estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales: estructura, elaboración, aprobación y homologación. Obtención y expedición de títulos oficiales.
Tema 4. Reconocimiento y transferencia de créditos. Homologación de estudios extranjeros. Simultaneidad de estudios universitarios. Traslados de expedientes.
Tema 5. Estudios de tercer ciclo y doctorado: normas reguladoras. Enseñanzas Propias: normativa para la obtención de títulos y diplomas propios de la Universidad de Jaén.
Tema 6. Derechos y deberes de los estudiantes universitarios. Acceso y permanencia. Participación de los estudiantes en los órganos universitarios.
Tema 7. El espacio europeo de la educación superior: convergencia europea. El crédito europeo y el suplemento europeo al título. La gestión universitaria en el marco europeo.
Tema 8. Ayudas al estudio: De régimen general, becas propias. Normativa reguladora, procedimiento. Programas de Cooperación Interuniversitaria: Sócrates/Erasmus. Intercampus.
Administración de Recursos Humanos y Gestión de Personal
Tema 1. La Gestión estratégica de los recursos humanos: principios generales. Sistemas de información en recursos humanos. El Cuadro de Mando Integral.
Tema 2. El reclutamiento de los recursos humanos. Fuentes y Métodos. La selección de personal. Sistemas de selección: principales ventajas e inconvenientes. Principios constitucionales del acceso a la Función Pública.
Tema 3. La formación de los recursos humanos. Determinación de las necesidades de formación. Programas de formación: métodos y tendencias.
Tema 4. La carrera profesional. Concepto. Importancia para la organización y para el trabajador. Evaluación del potencial. Implantación de programas de planificación de carreras y principales dificultades en el entorno de la Función Pública.
Tema 5. Evaluación de competencias. Concepto y metodologías. La Evaluación del rendimiento y del desempeño. Principales métodos de evaluación. Obstáculos y conflictos en la evaluación de competencias y del rendimiento.
Tema 6. La compensación en el trabajo. Equidad interna y externa. Principios básicos en el diseño de los sistemas retributivos. Planes Salariales: metodologías de realización.
Tema 7. La función directiva. Especial incidencia en las Administraciones Publicas. La ética pública. Conceptos y principios.
Tema 8. Las relaciones laborales y la salud laboral. Especial incidencia en las Administraciones Publicas.
Tema 9. La evaluación de la gestión de los recursos humanos. Medidas del capital humano. El marcador del capital humano en las organizaciones.
Tema 10. La gestión del conocimiento. Concepto. Métodos de implantación. Técnicas e instrumentos.
Contratación y Régimen Económico, Financiero y Patrimonial
Tema 1. Los presupuestos universitarios: Contenido y estructura. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Clasificación económica, funcional y orgánica. Detalle explicativo del presupuesto de ingresos y de gastos.
Tema 2. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Criterios de asignación de créditos a las unidades orgánicas. Los contratos-programa para Centros y Departamentos universitarios.
Tema 3. Contabilidad pública: Concepto. Plan General de Contabilidad Pública. Objetivos, ámbito de aplicación y características. Criterios de valoración. Principios contables del PGCP.
Tema 4. Cuentas anuales de la Universidad de Jaén. Balance. Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial. Liquidación del presupuesto, especial referencia a la evolución de la cuenta financiera y del remanente de tesorería. Memoria.
Tema 5. Normas generales de ejecución presupuestaria: Pagos a justificar. Los pagos a través de cuentas restringidas. Anticipos de caja fija. Reintegro de facturas. Normas en relación con los ingresos. Devolución de ingresos. Donación de bienes inventariables. Normas de liquidación del presupuesto. Disposiciones finales.
Tema 6. Obligaciones tributarias de la Universidad de Jaén. Especial referencia al impuesto sobre el valor añadido y el impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
Tema 7. El Convenio de Saneamiento Financiero. Influencia de la normativa de estabilidad presupuestaria en la elaboración y ejecución del presupuesto.
Tema 8. La financiación de la educación superior. Objetivos, agentes e instrumentos. Los modelos de financiación: características y tipos. Financiación por indicadores. Procesos de implantación de los modelos de financiación.
Tema 9. El Modelo de financiación de las Universidades Públicas Andaluzas. El contrato-programa.
Tema 10. Contratación del Sector Público: Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos.
Tema 11. Contratación del Sector Público: Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Organización administrativa para la gestión de la contratación, con especial referencia a los órganos competentes en materia de contratación en la Universidad de Jaén.
Tema 12. Contabilidad de gestión en las Universidades. Concepto, objetivos y usuarios de la contabilidad de gestión en las entidades públicas. Indicadores de gestión para las entidades públicas.
ANEXO III
Declaración jurada/promesa
Don/Doña ............................................................................., con domicilio en ....................................................., y Documento Nacional de Identidad número ..............................., a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas.
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