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La Orden de 21 de enero de 2004, por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico, y Empresas Calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2004), establece en su artículo 6 el importe de las ayudas para cubrir los gastos de la estructura básica del personal de los Consorcios UTEDLT, y en el artículo 11 los importes máximos de las ayudas para cubrir los costes laborales de los Agentes Locales de Promoción de Empleo que presten sus servicios en los citados Consorcios.
Estas cuantías, previstas para el año 2004, han sido objeto de actualización en los años sucesivos mediante Resolución de la Dirección General, al amparo de la autorización contenida en la disposición adicional segunda de la Orden de 21 de enero de 2004, incorporada por la Orden de 22 de noviembre de 2004, por la que se modifican determinados artículos de la citada Orden (BOJA núm. 232, de 26 de noviembre de 2004), en la que se habilita al mencionado centro directivo.
La presente Resolución tiene como finalidad realizar la actualización de las cuantías de las ayudas establecidas en los artículos 6 y 11 de la Orden de 21 de enero de 2004, para el año 2011, cuya competencia corresponde al Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, de conformidad con el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y el Servicio Andaluz de Empleo.
En consecuencia, y en uso de las atribuciones conferidas en la disposición adicional segunda de la Orden de 21 de enero de 2004, introducida por la Orden de 22 de noviembre de 2004,
RESUELVO
Primero. Con efectos 1 de enero de 2011, el importe de las ayudas establecidas en el apartado tercero del artículo 6 de la Orden de 21 de enero de 2004, para el año 2011, serán:
Titulados/as superiores: 2.417,88 euros.
Titulados/as medios/as: 2.212,81 euros.
Complemento Director/a Consorcio: 988,51 euros.
Segundo. Con efectos 1 de enero de 2011, el importe máximo de las ayudas establecidas en el artículo 11 de la Orden de 21 de enero de 2004 para el ejercicio 2011 será de 24.225,60 euros para los/as titulados/as superiores y de 22.976,74 euros para los/as titulados/as medio al año para cada contratación.
Tercero. La presente Resolución entrará en vigor a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que emitió la Resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, potestativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 2 de marzo de 2011.- El Director General, Pedro E. Gracia Vitoria.
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