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Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 806/2009, promovido por doña Patricia Auxiliadora Mohedano Jiménez contra la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, se ha dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, sentencia en fecha 19 de enero de dos mil diez, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallamos que debemos estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Patricia Auxiliadora Mohedano Jiménez contra la Resolución citada en el Fundamento de Derecho Primero que anulamos por ser contrario a Derecho y declaramos la nulidad de la Orden de 20 de enero de 2006 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Sin costas.
Notifíquese a las partes la presente resolución indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Sevilla, a diez de marzo de dos mil once.- La Secretaria Judicial.
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