Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 30/03/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de julio de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento ordinario núm. 8/2009. (PP. 2761/2010).

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NIG: 2906942C20090000332.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 8/2009. Negociado: S.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Andrew John Thompson.

Procurador: Sr. Guillermo Leal Aragoncillo.

Contra: Laporla Spain 2002, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 8/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Andrew John Thompson contra Laporla Spain 2002, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 1806/09

En Marbella, a 10 de diciembre de 2009.

Vistos por mí, doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia número Uno de Marbella (Málaga), los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número arriba indicado, promovidos por el Sr. Procurador don Guillermo Leal Aragoncillo en nombre y representación de don Andrew Paul Thompson defendido por el letrado don Sebastián Gómez Sánchez contra Laporla Spain 2002, S.L., en situación de rebeldía procesal, procede dictar la siguiente resolución:

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Sr. Procurador don Guillermo Leal Aragoncillo en nombre y representación de don Andrew Paul Thompson frente a Laporla Spain 2002, S.L., condenando a la demandada a pagar al actor el importe garantizado en el acuerdo de servicio de alquiler del 7% anual del precio neto de compraventa, pagadero por trimestres vencidos desde el 27 de febrero de 2008 y que la fecha de la demanda es de 20.131,53 euros, más intereses legales desde la demanda, y el importe de los trimestres que hayan vencido desde la demanda hasta la expiración del contrato el 12 de abril de 2009, más sus intereses legales a medida que hayan vencido los trimestres respectivos. Todo ello con condena en costas.

Líbrase certificación literal de esta sentencia y únase a las actuaciones, insertándose el original en el libro de sentencias.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberán preparar ante este Juzgado en el piazo de cinco días desde el siguiente a su notificación. No se admitirá a trámite dicho recurso si no se ha constituido depósito de 50 euros consignados en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta sentencia lo acuerdo y firmo, doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Marbella.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Laporla Spain 2002, S.L., extiendo y firmo la presente en Marbella a treinta de julio de dos mil diez.- El/La Secretario.

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