Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Por el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla) se ha acordado transmitir la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante mutación demanial subjetiva, de una parcela de 4.724 m2, situada en el Plan Parcial SQ-2, Subsector SS-5, manzana 5.2, del núcleo de Quintos, de titularidad municipal, con destino a la construcción de un centro residencial para personas mayores.
Por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social se considera de interés la aceptación de la referida transmisión mediante mutación demanial subjetiva, con destino a la construcción de un centro residencial para personas mayores.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 15 de marzo de 2011,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Dos Hermanas (Sevilla), mediante mutación demanial subjetiva, de la parcela situada en el Plan Parcial SQ-2, Subsector SS-5, manzana 5.2, del núcleo de Quintos, de 4.724 m2, con destino a centro residencial para personas mayores.
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. Uno de Dos Hermanas, al tomo 892, libro 892, folio 93, con el número de finca 53282, con la siguiente descripción:
Urbana: Trozo de terreno al sitio denominado Montequinto, en el término municipal de Dos Hermanas, procedente de la porción B de la llamada «Hacienda Grande de Quinto» situada en el Plan Parcial SQ-2, Subsector SS-5, manzana 5.2, del «Núcleo de Quintos», con una superficie de 4.724 m2, cuyos linderos son los siguientes: Norte, con calle de nueva formación que la separa de la manzana de Equipamiento 5.4; Sur, con Avenida de Europa, que la separa del Sistema General Parque SS-4; Este, con calle de nueva formación que la separa de la manzana Residencial 5.1; y Oeste, con calle de nueva formación que la separa de la manzana Residencial 5.3.
Referencia catastral número 0762901TG4306S0001EA.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social con destino a centro residencial para personas mayores.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 15 de marzo de 2011
José Antonio GriñÁn Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Carmen Martínez Aguayo
Consejera de Hacienda y Administración Pública
Descargar PDF