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Don Miguel Sanz Septien, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso Administrativo –Sección 3.ª– del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.
Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 59/2002-K, seguido a instancia de don Antonio García Domínguez y doña María del Mar Rodríguez López contra la Consejería de Salud y como parte codemandada el Servicio Andaluz de Salud, sobre 26.10.01 que convoca pruebas selectivas en el Campo Superior Facultativo Instituciones Sanitarias, Especialidad de Veterinaria.
En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala –Sección Tercera, núm. 533/2007– con fecha 8 de octubre de 2007, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
«FALLO. Con desestimación de la causa de inadmisibilidad opuesta por el Letrado de la Junta de Andalucía, estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Ángel Fábregas García, en nombre y representación de don Antonio García Domínguez, doña María del Mar Rodríguez López, contra la Resolución del Servicio Andaluz de Salud, de 26 de octubre de 2001, publicada en el BOJA de 8 de noviembre de 2001, en lo que respecta al apartado II.1 y II.2 (Valoración del Trabajo Desarrollado) del Anexo II de la Resolución recurrida, que se anulan por no ser conformes a Derecho, manteniéndose el resto de la Resolución por ser conforme a Derecho. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas en este procedimiento. Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y, una vez firme, remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de éste. Notifíquese esta resolución en la forma prevenida en el art. 248.4 de la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, 11 de marzo de 2011.
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