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En virtud de lo dispuesto en el artículo 20, párrafo primero, de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, Orgánica de Universidades, y en el artículo 11, párrafo primero, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Modificar parcialmente la distribución de funciones y delegación de competencias de los componentes del Consejo de Dirección contenida en el Anexo de la Resolución de 8 de octubre de 2010, concretamente los artículos 3.1, 7 y 9.1, que quedan redactados del siguiente modo:
Artículo 3. Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
1. Corresponde al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales:
a) Promover y organizar las relaciones internacionales de la Universidad.
b) Promover y gestionar los intercambios internacionales de estudiantes, profesores y personal de gestión.
c) Coordinar la oferta y actividades del Servicio de Lenguas Modernas.
Artículo 7. Vicerrectorado de Infraestructuras y Servicios.
1. Corresponde al Vicerrectorado de Infraestructuras y Servicios:
a) Racionalizar y planificar el desarrollo urbanístico y las infraestructuras de la Universidad.
b) Coordinar y supervisar el estado de las infraestructuras y el uso de los espacios en los distintos campus de la Universidad.
c) Planificar la distribución del gasto de inversión y reposición, la gestión de proyectos y la tramitación administrativa de expedientes.
d) Coordinar y supervisar las obras mayores y menores hasta su puesta en funcionamiento.
e) Facilitar el equipamiento en general de los diferentes órganos y servicios de la Universidad.
f) Custodiar el archivo de los planos y memorias que definen los edificios existentes y actualizar los datos de superficies y ocupación.
g) Diseñar un plan global de seguridad de los bienes muebles e inmuebles de la Universidad de Huelva.
h) Coordinar la gestión de los servicios periféricos de la Universidad de Huelva.
i) Llevar a cabo la ejecución, control y seguimiento de los Contratos de Servicios de limpieza y seguridad.
2. Queda adscrita a este Vicerrectorado la Dirección de Infraestructura.
Artículo 9. Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Empresa.
1. Corresponde al Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Empresa:
a) Coordinar las relaciones de los órganos de gobierno con el Consejo de Alumnos y Representantes de la Universidad de Huelva (CARUH).
b) Organizar y supervisar el funcionamiento de las Oficinas de Información al Estudiante (OIE) a través del Servicio de Atención a la Comunidad Universitaria (SACU).
c) Difundir los estudios de la Universidad de Huelva, así como las actividades y servicios universitarios (atención a discapacitados, a extranjeros, alojamiento, etc.).
d) Fomentar valores sociales igualitarios y solidarios entre la comunidad universitaria (aula de voluntariado, unidad saludable, unidad para la igualdad, cooperación, etc.).
e) Promocionar la Universidad de Huelva y establecer relaciones con los centros de enseñanza secundaria y formación profesional, destinadas a un mayor conocimiento en el entorno de Huelva y su provincia.
f) Elaborar la Guía de la Universidad de Huelva.
g) Proponer, gestionar y publicar las Normas de Matrícula.
h) Elaboración de los anteproyectos de normativa de gestión de asuntos académicos
i) Publicar el catálogo de libre configuración.
j) Tramitar los recursos relativos a convalidaciones, adaptaciones y reconocimiento de créditos.
k) Gestionar las becas del Ministerio de Educación, de la Junta de Andalucía y del programa propio de ayudas a los estudiantes de la Universidad de Huelva.
l) Coordinar el programa de movilidad nacional de estudiantes.
m) Organizar las pruebas de acceso a la Universidad.
n) Gestionar la admisión a titulaciones oficiales de Grado.
o) Gestionar la expedición de los Títulos Oficiales de la Universidad de Huelva.
p) Gestionar la emisión del Suplemento Europeo al Título.
q) Organizar y coordinar los procesos de matrícula y automatrícula.
r) Promover y coordinar los programas de acción tutorial en los distintos centros y titulaciones.
s) Informar y orientar a los alumnos y egresados sobre prácticas y ofertas de empleo.
t) Promover y coordinar las actividades de formación complementaria de los alumnos y titulados, con objeto de facilitar su acceso al mercado laboral.
u) Promover, informar y fomentar el autoempleo en la Comunidad Universitaria.
v) Promover y gestionar las subvenciones provenientes de otras Instituciones hacia el fomento del empleo de los egresados y de los futuros titulados de la Universidad de Huelva.
w) Coordinar las relaciones con las empresas.
x) Gestionar las cátedras externas.
y) Promover y organizar las acciones internacionales de cooperación universitaria al desarrollo.
Huelva, 22 de marzo de 2011.- El Rector, Francisco José Martínez López.
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