Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 15/04/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 16 de diciembre de 2010, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se adjudican ayudas económicas individuales dirigidas al personal docente de todos los niveles de enseñanzas dependientes de la Consejería de Educación para la realización de actividades de formación permanente.

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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 5 de febrero de 2009 (BOJA núm. 42, de 3 de marzo de 2009), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de actividades de formación dirigidas al profesorado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos a excepción de los universitarios, vistas las propuestas presentadas por la Comisión Evaluadora para la convocatoria 2010, según establece el artículo 10 de dicha Orden de 5 de febrero y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud del artículo 12 en su apartado 3,

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas económicas individuales que se describen en el Anexo I para financiar el desarrollo de actividades de formación dirigidas al profesorado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos a excepción de los universitarios y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.11.00.02.29. 48002. 42B 6.

Segundo. Denegar las ayudas individuales que son relacionadas en el Anexo II con indicación del motivo de exclusión.

Tercero. El pago se efectuarÁ de una sola vez por la totalidad de los importes concedidos una vez dictada la presente Resolución a la cuenta corriente que haya indicado la persona beneficiaria.

Cuarto. Las personas beneficiarias están sometidas a las obligaciones establecidas en los artículos 14 y 15 de la Orden de 5 de febrero de 2009.

Quinto. Los Anexos I y II se publicarán en los tablones de anuncios de esta Delegación Provincial.

Sexto. La presente Resolución agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano directivo que la hubiese dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Málaga, 16 de diciembre de 2010.- El Delegado, Antonio Manuel Escámez Pastrana.

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