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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 32.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y en el artículo 23 de la Orden de 12 de enero de 2010 de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por la que se regulan y convocan subvenciones en el ámbito de la Consejería para el año 2010; y, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.4 de la citada Orden, se hace público que a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía estará disponible en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla la relación de subvenciones inadmitidas y denegadas de subvenciones individuales y de entidades públicas y privadas en materia de atención a la comunidad gitana, colectivos con necesidades especiales, a personas emigrantes andaluzas retornadas, voluntariado social, zonas con necesidades de transformación social, a personas inmigrantes, emigrantes temporeras andaluzas y sus familias y Plan integral para la comunidad gitana.
Sevilla, 22 de marzo de 2011.- El Delegado, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Esteban Mellado Parreño.
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