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Establecidas las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de Turismo, para la Modalidad 2 (ITP), en virtud de Orden de 12 de noviembre de 2009 (BOJA núm. 233, de 30.11.2009) en relación con la Orden de 24 de septiembre de 2010, por la que se convoca un plazo extraordinario para la presentación de solicitudes en la Modalidad 2 (BOJA núm. 198, de 8.10.2010), conforme a lo dispuesto en el art. 13.4 de la primera, el plazo de resolución y notificación de la convocatoria es de seis meses computados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, plazo este que en virtud del la mencionada Orden de 24 septiembre de 2010 concluyó el 9 de noviembre de 2010, con lo cual el plazo máximo para resolver y notificar vence el próximo 9 de mayo de 2011.
Transcurridos los plazos mencionados, si no se hubiera dictado resolución, las solicitudes podrán entenderse desestimadas de conformidad con lo establecido en el art. 2 de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo como garantía procedimental para los ciudadanos.
Como consecuencia del número de solicitudes formuladas, así como de la aparición de circunstancias sobrevenidas derivadas de la gestión de estas subvenciones en sus fases de concesión y justificación, a la vista de la fase en la que se encuentra el procedimiento de concesión así como de la proximidad del vencimiento del plazo máximo de resolución y notificación, y pese a haberse habilitado todos los medios materiales y personales disponibles al efecto, se prevé que este plazo no va a poder ser cumplido.
Visto el art. 42.6 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de la competencia que se atribuye por delegación a este órgano a mi cargo en el art. 17.1 de la mencionada Orden de 9 de diciembre de 2009, a propuesta del Servicio de Turismo de esta Delegación Provincial, y para general conocimiento,
DISPONGO
Ampliar el plazo para resolver y notificar la convocatoria de subvenciones en materia de Turismo, Modalidad 2 (ITP): Servicios turísticos y creación de nuevos productos, correspondiente al presente ejercicio económico, por un plazo de tres meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el art. 13.4 de la Orden de 12 de noviembre de 2009, en relación con la disposición cuarta de la Orden de 24 de septiembre de 2010, siendo el plazo límite el día 9 de agosto de 2011.
Jaén, 18 de abril de 2011.- La Delegada (Dto. 21/85, de 5.2), el Secretario General, Manuel Carrasco Méndez.
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