Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 04/05/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 26 de noviembre de 2010, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, dimanante de procedimiento ordinario núm. 175/2009. (PP. 558/2011).

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NIG: 0490242C20090000891.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 175/2009. Negociado: M.

De: Santa María del Águila, Soc. Coop. And.

Procurador: Sr. José Román Bonilla Rubio.

Letrado: Sr. Alfonso Mateo Berenguel.

Contra: Explotaciones Agrícolas Varmar, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 175/2009, seguido en eI Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido a instancia de Santa María del Águila, Soc. Coop. And., contra Explotaciones Agrícolas Varmar, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En El Ejido, a 26 de noviembre de 2010.

Vistos por doña María del Carmen Hernández Fontán, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 175/2009 seguidos a instancia de Santa María del Águila, Sociedad Cooperativa Andaluza, representada por el Procurador de los Tribunales don José Román Bonilla Rubio y asistida por el Letrado don Alfonso Mateo Berenguel, sobre Reclamación de Cantidad, contra Explotaciones Agrícolas Varmar, S.L., en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don José Román Bonilla Rubio, en representación de Santa María del Águila, Sociedad Cooperativa Andaluza, contra Explotaciones Agrícolas Varmar, S.L., en situación de rebeldía procesal, condenando a la entidad demandada al pago de cuarenta y siete mil seiscientos setenta y cinco euros con treinta y cinco céntimos (47.675,35 €) de principal, más el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda.

Se imponen las costas del presente procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde su notificación, para su conocimiento por la llustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 €, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de cualquiera de ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en Primera Instancia, lo pronuncia, manda y firma doña María del Carmen Hernández Fontán, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido y su partido judicial.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe, en el día de la fecha, y hallándose celebrando Audiencia Pública.

Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado rebelde Explotaciones Agrícolas Varmar, S.L., extiendo y firmo la presente en El Ejido, a veintiséis de noviembre de dos mil diez.- El/La Secretario.

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