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NIG: 4100442C20090002356.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 601/2009. Negociado: 2T.
De: Don Jorge Cuervo Cordobés y doña Luisa María Hernández Diánez.
Procurador: Don José Luis Arredondo Prieto.
Contra: Residencial Alcalá Sociedad Cooperativa Andaluza.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 601/2009, seguido en Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Alcalá de Guadaíra a instancia de don Jorge Cuervo Cordobés y doña Luisa María Hernández Diánez contra Residencial Alcalá Sociedad Cooperativa Andaluza, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Vistos por don Javier Roa Aljama, Juez-Magistrado del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de Alcalá de Guadaíra, los presentes autos de Juicio Ordinario por resolución de contrato, a instancia de don Jorge Cuervo Cordobés y doña Luisa María Hernández Diánez, representados por el Procurador don José Luis Arredondo Prieto y con la asistencia Letrada de don Guillermo Vio Valle, contra Residencial Alcalá Sociedad Cooperativa Andaluza, en rebeldía procesal, resultan los siguientes:
Que debo acordar y acuerdo estimar íntegramente la demanda formulada por Procurador don José Luis Arredondo Prieto, en la representación que ostenta y declaro:
1. La resolución del contrato de compraventa celebrado entre Residencial Alcalá Sociedad Cooperativa Andaluza de una parte y, de otra, don Jorge Cuervo Cordobés y doña Luisa María Hernández Diánez de fecha 22 de julio de 2003 sobre la vivienda sita en Alcalá de Guadaíra, C/ Aguas Calientes, de la Urb. Campo Alegre, vivienda número 100 de dicha promoción.
2. Condeno a Residencial Alcalá Sociedad Cooperativa Andaluza abonar a don Jorge Cuervo Cordobés y doña Luisa María Hernández Diánez la suma de 39.692,67 euros, más los intereses correspondientes y las costas del proceso.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se preparará ante este Juzgado, y del que conocerá la llma. Audiencia Provincial.
Y con el fin de que sirva de notificación, en forma a la demandada Residencial Alcalá Sociedad Cooperativa Andaluza, extiendo y firmo la presente en Alcalá de Guadaíra, a nueve de febrero de dos mil doce.- El/La Secretario.
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