Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 23/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de noviembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Tres), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1665/2010. (PP. 4011/2011).

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NIG: 2905442C20100006431.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1665/2010. Negociado: FA.

De: Branding Big, S.L., y Tratim Decor, S.L.

Procuradora: Sra. Cruz García Valdecasas, Ángela.

Contra: Peter Christopher Markey e I.C.P. Develpments, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1665/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola a instancia de Branding Big, S.L., y Tratim Decor, S.L., contra Peter Christopher Markey e I.C.P. Develpments, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM.

En Fuengirola, a siete de noviembre de dos mil once.

Vistos por doña Silvia Coll Carreño, Magistrado-Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola y su partido, los presentes autos núm. 1665/2010 de Juicio Ordinario seguido entre partes, como demandante las mercantiles Branding Big, S.L., y Tratim Decor, S.L., representada por la Procuradora Sra. Cruz García-Valdecasas y asistida del Letrado Sr. Del Prado Montoro, y como demandada la mercantil I.C.P. Develpments, S.L., y su representante legal don Peter Christopher Markey, ambos en situación de rebeldía procesal; y

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por la Procuradora, Sra. Cruz García-Valdecasas, en nombre y representación de las mercantiles Branding Big, S.L., y Tratim Decor, S.L., contra la mercantil I.C.P. Develpments, S.L., y su representante legal don Peter Christopher Markey, en situación de rebeldía procesal:

1. Debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la mercantil actora Branding Big, S.L., la suma de 75.620,31 euros, más los intereses legales de la referida suma, desde la interpelación judicial, hasta su completo pago, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución.

2. Debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la mercantil actora Tratim Decor, S.L., la suma de 95.122,83 euros, más los intereses legales de la referida suma, desde la interpelación judicial, hasta su completo pago, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución.

3. Debo condenar y condeno a la referida demandada a sufragar los gastos que se deriven a las mercantiles actoras de la legalización las viviendas objeto de los contratos de compraventa de vivienda concertados entre aquellas y la mercantil demandada, en fecha 2003 y 2002, respectivamente, y que se acrediten en ejecución de sentencia con la presentación de los documentos y facturas correspondientes.

4. Debo condenar y condeno expresamente a la demandada al pago de las costas causadas.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación que se preparará en el plazo de cinco días ante este Juzgado, previa consignación de las cantidades legalmente establecidas y se sustanciará en su caso ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga, previo depósito de la suma fijada en la Ley.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Juez Sustituta que la ha dictado constituido en audiencia pública.

Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Peter Christopher Markey e I.C.P. Develpments, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a siete de noviembre de dos mil once.- El/La Secretario.

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