Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 23/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de diciembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 479/2011. (PP. 4/2012).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20110008027.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 479/2011.

Negociado: V9.

De: Evolutiza Contratas, S.L.

Procuradora: Sra. Rocío de Jesús Morales Carrillo.

Contra: Nuevo Espacio Industrial Madrid, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 479/2011 seguido a instancia de Evolutiza Contratas, S.L., frente a Nuevo Espacio Industrial Madrid, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 348

En la ciudad de Málaga, a dieciocho de noviembre de dos mil once. Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, ha visto el juicio ordinario tramitado en este Juzgado con el número 479/2011, a instancia de Evolutiza Contratas, Sociedad Limitada, representada por la Procuradora doña Rocío Morales Carrillo y defendida por la Letrada Sra. Piédrola Amo, contra Nuevo Espacio Industrial Madrid, Sociedad Limitada, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Rocío Morales Carrillo, en nombre y representación de Evolutiza Contratas, Sociedad Limitada, contra Nuevo Espacio Industrial Madrid, Sociedad Limitada, en reclamación de cantidad, debo dictar sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Condenar a Nuevo Espacio Industrial Madrid, Sociedad Limitada, a que abone a Nuevo Espacio Industrial Madrid, Sociedad Limitada, la cantidad de 15.057,78 euros, desglosada en las partidas siguientes: A) 2.088 euros correspondiente a las mensualidades de junio, julio y agosto de 2009, durante los que la iguala correspondiente al servicio de informes preliminares continuaba en vigor, más el IVA correspondiente. B) 3.617,46 euros por los trabajos realizados, así como a la cantidad de 1.635,48 euros conforme a la cláusula V, párrafos quinto y sexto del contrato, al haber revocado unilateralmente el pedido una vez obtenida la licencia de obras en la instalación votovoltaica HSU4, declarando dicha revocación unilateral. C) 3.429,54 euros respecto a la instalación votovoltaica HSU5, y 4.228,20 euros respecto a la instalación votovoltaica HSU7, correspondiente al segundo hito (45% del precio de los trabajos), conforme a la cláusula V párrafo quinto del contrato, al haber desistido de los mismos una vez iniciados los trabajos tendentes a la consecución de la licencia de obras. D) 25,87 euros conforme a la cláusula III, párrafos segundo y penúltimo de dicha cláusula, y 33,23 euros conforme a la cláusula V, párrafo cuarto del contrato.

2.º Imponer a la demandada las costas procesales devengadas.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (art. 455 de la LEC).

El recurso se interpondrá ante este Tribunal dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (art. 458.1 y 2 de la LECn).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 3033, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo. E/.

Y encontrándose dicho demandado, Nuevo Espacio Industrial Madrid, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a doce de diciembre de dos mil once.- La Secretaria Judicial.

Descargar PDF