Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 26/07/2012

5. Anuncios5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 14 de mayo de 2012, del Ayuntamiento de Benamocarra, de bases para la selección de plaza de Coordinador/a de Deporte y Ocio.

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1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la contratación de la plaza de Coordinador/a de Deporte y Ocio, mediante concurso-oposición, en régimen de personal laboral fijo.

La plaza referida está vinculada a la Oferta de Empleo Público de 2011, aprobada por decreto de alcaldia 267/2011, de 2 de noviembre de 2011, y las funciones que tiene encomendadas son las siguientes: Coordinar y dirigir el Área de Deportes y Ocio del Ayuntamiento de Benamocarra.

2. Legislación aplicable.

La modalidad del contrato es la de personal laboral fijo, regulada por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El carácter del contrato es fijo .Los procesos selectivos se regirán por lo establecido en estas bases generales y en las correspondientes bases específicas y convocatorias. Asimismo serán de aplicación a estos procesos selectivos la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

3. Requisitos de los aspirantes.

Es necesario que los/as aspirantes reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del título Universitario de Magisterio en Educación Física.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Los requisitos a que se refiere este apartado habrán de poseerse el día de finalización del plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

Si durante el proceso selectivo, se tiene conocimiento de que cualquiera de los/as aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, el órgano convocante o el Tribunal, en su caso, previa audiencia del/la interesado/a, propondrá su exclusión, comunicándole así mismo, las inexactitudes o faltas cometidas.

4. Solicitudes.

En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio de convocatoria, quienes deseen participar en el proceso de selección cursarán su solicitud mediante instancia dirigida al Alcalde-Presidente de la Corporación, que se presentará en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo indicado.

Los/as aspirantes deberán abonar en concepto de derechos de examen la cuantía de 12,01 euros. El pago se efectuará mediante ingreso directo o por transferencia en la cuenta corriente del Ayuntamiento de Benamocarra núm. 2103/3007/62/3112000035,de Unicaja, indicando el nombre del opositor/ra y la plaza a que opta.

Será requisito necesario para ser admitido/a en la convocatoria que los/as aspirantes manifiesten en dicha solicitud declaración jurada o promesa de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la convocatoria y de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para las mismas, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes.

A las solicitudes, se acompañará la siguiente documentación: currículum vitae, copia del justificante del ingreso de los derechos de examen, fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, fotocopia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición, así como las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los/as interesados/as para su valoración en la fase de concurso. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no presentados ni justificados dentro del plazo de presentación de instancias. Los documentos serán fotocopias compulsadas de los originales.

También se acompañaran a las solicitudes: Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal desempeño de las funciones propias de la categoría a la que se accede, expedido por colegiado en ejercicio.

5. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as. En dicha Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, se señalará el motivo de la exclusión, en su caso, y se dará un plazo de 10 días para subsanación de defectos, en caso de no presentarse reclamaciones esta lista provisional se entenderá elevada a definitiva. En dicha Resolución se determinará el lugar, fecha y hora en la que se celebrará el primer ejercicio de la fase de oposición y se publicarán los miembros del Tribunal.

Si se produjera alguna reclamación, será aceptada o rechazada, y se publicará una nueva Resolución con el listado definitivo, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por:

- Presidenta: Un/a funcionario/a de la Administración Pública.

- Secretaria: La de la Corporación o funcionario/a en quien delegue, la secretaria actuará con voz pero sin voto.

- Vocales: Cuatro vocales que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para la plaza convocada y que actuarán a título individual, no pudiendo ostentar su pertenencia al órgano de selección en representación o por cuenta de nadie.

Junto a los miembros del Tribunal se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mitad de los vocales, titulares o suplentes indistintamente; siendo obligada la asistencia del Presidente y el Secretario o de quienes los sustituyan.

7. Procedimiento de selección.

La selección se llevará a cabo a través del sistema de concurso-oposición. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase del concurso y la de oposición.

En la fase de oposición los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un llamamiento único, quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a su realización.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/as aspirantes que acrediten su personalidad.

La fase de concurso será previa a la de oposición, pero no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición.

Una vez comenzado el proceso selectivo, el Tribunal hará públicos los anuncios de las distintas fases y pruebas, en el tablón de edictos del Ayuntamiento, sin necesidad de publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

7.1. Fase de concurso.

La valoración de méritos se hará con los documentos originales o fotocopia compulsada de los méritos alegados en la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

La experiencia profesional en la Administración, se justificará aportando certificado del/la Secretario/a del Ente Local o responsable de cualquier Administración Pública, con competencia en materia de personal, donde constarán los siguientes datos: Denominación del puesto ocupado, con expresión del tiempo que lo haya ocupado y si ha sido a jornada completa o a tiempo parcial, y las funciones desarrolladas e informe de vida laboral.

Para acreditar la asistencia a cursos, jornadas, congresos, seminarios, deberá aportarse certificación o fotocopia compulsada del diploma expedido por la entidad organizadora del curso, en el que conste denominación del curso y número de horas.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de los mismos, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de concurso, que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, de conformidad con el siguiente baremo:

A) Experiencia profesional (solo se tendrán en cuenta meses completos), se computarán los servicios prestados hasta el día en que se inicie el plazo de presentación de instancias. A efectos de puntuación, no podrán acumularse puntos por servicios prestados durante el mismo período de tiempo y la puntuación por servicios prestados a tiempo parcial se verá reducida proporcionalmente, en lo que corresponda, respecto a la duración de la jornada ordinaria en la entidad que convoca la plaza, que es de 35 horas/semanales.

La puntuación máxima a obtener en este apartado será de 8 puntos.

La valoración se hará aplicando el siguiente baremo:

- Por cada mes completo de servicio prestado en la Administración Local, desempeñando funciones propias de la plaza a cubrir: 0,15 puntos/mes.

- Por cada mes completo de servicio prestado, desempeñando funciones propias de la plaza a cubrir en cualquier otra Administración Pública: 0,05 puntos/mes.

B) Entrevista curricular.

Solo participarán en ella los que hayan superado la fase de oposición. Se puntuará hasta un máximo de 5 puntos. Tendrá una duración máxima de 10 minutos y versará sobre el currículum vitae del aspirante, cursos, formación complementaria y la idoneidad y cualidad de los aspirantes.

El lugar, día y hora de celebración de la entrevista se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con antelación mínima de 72 horas a la realización de la misma.

La calificación definitiva se obtendrá de la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición.

La puntuación de la fase de concurso será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados anteriores, sin que en ningún caso pueda ser superior a 13 puntos.

7.2. Fase de oposición.

En la fase de oposición los/as aspirantes serán convocados para cada ejercicio en un llamamiento único, quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a su realización.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/as aspirantes que acrediten su personalidad.

Esta fase consistirá en dos ejercicios, uno teórico y otro práctico.

- Primer ejercicio: Será igual para todos los/as aspirantes y consistirá en responder por escrito un cuestionario de preguntas tipo test, con varias respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el programa de materias recogido en el Anexo. La duración del mismo será de 120 minutos y el número de preguntas será de 100.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio, será valorado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para superar el mismo obtener un mínimo de 5 puntos.

- Segundo ejercicio: Consistirá en resolver un caso práctico de entre los dos propuestos por el Tribunal relacionados con las funciones propias de la plaza a la que se opta y en concordancia con las materias del programa que figuran en el Anexo. La duración del mismo será determinada por el Tribunal antes de su realización.

Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para superar el mismo obtener un mínimo de 5 puntos.

La calificación de esta fase, y siempre que ambos ejercicios hayan sido superados, será la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos.

8. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y designación.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del correspondiente contrato.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

9. Recursos.

Las Bases de esta convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de estas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as, en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Benamocarra, 14 de mayo de 2012.- El Alcalde, Abdeslam Jesús Aoulad B.S Lucena.

ANEXO

Tema 1. Las titulaciones deportivas en el territorio español.

Tema 2. Carta Europea del Deporte.

Tema 3. La Ley del Deporte de Andalucía.

Tema 4. Competencias de las Entidades Locales en materia de Juventud y Deportes.

Tema 5. Ordenanzas Municipales en materia de deportiva.

Tema 6. Los Clubes y Asociaciones deportivas.

Tema 7. El mantenimiento en las instalaciones deportivas: concepto, objetivos y factores.

Tema 8. La importancia del mantenimiento en una instalación deportiva.

Tema 9. Instalaciones deportivas cubiertas. Tipos. Características.

Tema 10. Instalaciones deportivas al aire libre. Tipos. Características.

Tema 11. El papel y competencias de la Diputación Provincial en el deporte provincial.

Tema 12. Las competiciones. Sistemas más usuales.

Tema 13. La Organización de pruebas populares.

Tema 14. El márketing deportivo. Coordinación y gestión.

Tema 15. Organización y gestión de las piscinas municipales. Piscinas de uso público.

Tema 16. Técnicas de gestión deportiva.

Tema 17. La iniciación deportiva y el entrenamiento deportivo de la edad escolar.

Tema 18. Las competiciones básicas. CADEBA.

Tema 19. El desarrollo de los deportes de equipo.

Tema 20. El desarrollo de los deportes individuales.

Tema 21. Deporte Base. Concepto, Principios, Objetivos y Desarrollo.

Tema 22. Tipos de Programas Deportivos según su naturaleza, duración y contenido.

Tema 23. Igualdad y deporte: deporte y mujer, deporte y discapacitados, deporte y mayores.

Tema 24. Deporte de Rendimiento.

Tema 25. El deporte y la estadística. Relación y aplicaciones.

Tema 26. El voluntariado deportivo. Regulación Legal.

Tema 27. Formas de Gestión de los servicios públicos deportivos municipales.

Tema 28. Modelos de gestión de calidad aplicables a las organizaciones deportivas.

Tema 29. Las nuevas tecnologías en la gestión deportiva.

Tema 30. Ámbito público y ámbito privado en la actualidad física y el deporte.

Tema 31. Programas y Proyectos en el ámbito del deporte.

Tema 32. La Calidad en la gestión deportiva y sus indicadores.

Tema 33. Marketing Deportivo: Estrategia de calidad.

Tema 34. Organización de eventos deportivos: Plan director de un evento deportivo.

Tema 35. La tecnología informática en la evolución del deporte.

Tema 36. Convocatorias de Subvenciones y Ayudas de la Junta de Andalucía.

Tema 37. Prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.

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