Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 26/01/2012

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Ayuntamientos

Anuncio de 20 de diciembre de 2011, del Ayuntamiento de Paterna del Campo, de bases para la selección de plaza de Arquitecto Técnico.

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Por Resolución de Alcaldía núm. 129/2011, de fecha 19.12.2011, se aprobaron las bases y la convocatoria para la provisión de una plaza vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, denominación Arquitecto/a técnico, correspondiente a la oferta de empleo público 2010, que se insertan a continuación:

CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TÉCNICO DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DEL CAMPO, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2010

B A S E S

1. Objeto.

1.1. Es objeto de las presentes bases la regulación de la convocatoria para la provisión como funcionario de carrera, a través del sistema de acceso turno libre y mediante el procedimiento de selección de concurso-oposición, de una plaza vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, denominación Arquitecto/a Técnico.

1.2. La plaza citada adscrita a la se encuadran, de acuerdo con la disposición transitoria tercera 2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Subgrupo A2, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo Público del año 2010.

2. Legislación aplicable.

2.1. Régimen Jurídico aplicable:

- Los artículos 21.1.g) y h), 91, 100 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

- Los artículos 62, 75 y 76, y disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

- El artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

- El artículo 169 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

- Los artículos 4, 5 y 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

- Los artículos 18 y siguientes, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

2.2. Las pruebas selectivas que se convocan se regirán por las presentes bases y por las disposiciones legales citadas.

2.3. Efectos vinculantes. Estas bases vinculan al Ayuntamiento de Paterna del Campo, al Tribunal y a todas las demás personas que tengan interés directo en la convocatoria.

3. Requisitos de los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.

e) Poseer la titulación exigida para la plaza a que se aspira, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes: Aparejador/a-Arquitecto/a Técnico.

4. Forma y plazo de presentación de instancias.

4.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida a la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, conforme al modelo del Anexo II.

4.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3. A la solicitud deberá ir acompañada por la siguiente documentación: Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, en original o fotocopia compulsada.

5. Admisión de aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, La Alcaldesa-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.

5.2. Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.

El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación al menos con cuarenta y ocho horas de antelación.

6. Tribunal Calificador.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El Tribunal Calificador estará constituido por:

- Presidente.

- Secretario.

- 4 Vocales, a designar por la Alcaldía.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por la concurrencia a las sesiones del mismo, clasificándose el mismo como categoría segunda.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal, por mayoría.

7. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

El procedimiento de selección de los aspirantes se llevará a cabo mediante concurso-oposición, conforme al artículo 61.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, y constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de posición. La fase de concurso será previa a la de oposición.

7.1. Fase del concurso. Consistirá en valorar los méritos que hayan sido debidamente acreditados junto con su instancia ajustándose al siguiente criterio de valoración de méritos con un máximo de puntuación de 9 puntos, que supone el 45% de la puntuación de la fase de oposición. La valoración de los méritos en la fase de concurso no servirán para la superación de los ejercicios de la fase de oposición y se realizará por el Tribunal.

No se valorarán los servicios realizados por personal laboral contratado como becario o personal en prácticas.

a) Cursos, Seminarios, Congresos, Jornadas.

Por la participación como asistente en Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por centros autorizados por la Administración Pública:

- De más de 100 horas: 1 punto.

- De 50 a 100 horas: 0,75 puntos.

- De duración inferior a 50 horas: 0,50 puntos.

Aquellos en los que no se acredite debidamente las horas no serán tenidos en cuenta.

Como máximo, se podrán obtener 3 puntos.

b) Experiencia.

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local, en plaza o puesto de Aparejador/aArquitecto/a Técnico, en régimen funcionarial o laboral, a jornada completa, acreditado mediante la correspondiente certificación de servicios expedida por la entidad local correspondiente (para funcionarios) o mediante el contrato de trabajo e Informe de Vida Laboral (para laborales): 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública distinta de la Local: acreditado mediante la correspondiente certificación de servicios expedida por la administración correspondiente (para funcionarios) o mediante el contrato de trabajo e Informe de Vida Laboral (para laborales): 0,020 puntos.

Como máximo se podrán obtener en la experiencia profesional 6 puntos.

7.2. Fase de oposición. Los aspirantes realizarán dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio que supondrán un máximo de 20 puntos.

El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos por prueba, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cualquiera de ellas. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.

Los/as aspirantes serán convocados en llamamiento único. Para el orden de actuación, cuando proceda, de los/as aspirantes se tendrá en cuenta la Resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública (BOE núm. 31, de 5 de febrero), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refi ere el Reglamento General de Ingreso del personal al Servicio de la Administración del Estado, según la cual se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «J». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «J», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «K», y así sucesivamente.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

Los ejercicios de la fase de oposición.

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter obligatorio:

a) Prueba teórica, que consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el contenido del temario que obra en este Anexo I de esta Convocatoria (a continuación),en un tiempo máximo de 60 minutos.

La valoración de cada respuesta correcta es de 0,20 puntos; las respuestas incorrectas se penalizarán con una minoración de 0,10 puntos; y las preguntas no contestadas (en blanco) ni puntúan ni penalizan.

b) Prueba práctica, que consistirá en el desarrollo de uno o varios supuestos prácticos, relacionados con las materias del bloque de materias específicas del temario que obra en este Anexo I de esta Convocatoria.

La duración máxima de esta prueba será de tres horas. Si hubiese más de un supuesto práctico, la puntuación máxima de cada uno tendría el valor de 10 puntos dividido por el número de supuestos prácticos.

7.3. Calificación final. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases.

En caso de empate se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995.

Una vez terminados los ejercicios de la oposición, el Tribunal publicará y elevará a la Autoridad competente la relación de aprobados, según orden de puntuación, no pudiendo rebasarse en aquélla el número de plazas convocadas y sin que quepa, por tanto, asignar la calificación de aprobado sin plaza u otro semejante y careciendo de relevancia, a estos efectos, la calificación obtenida por los aspirantes no aprobados ni seleccionados. Si se rebasase el número de plazas convocadas, la propuesta será nula de pleno derecho.

La Presidenta de la Corporación resolverá de acuerdo con la propuesta del Tribunal, que tendrá carácter vinculante.

8. Presentación de documentos.

8.1. Los aspirantes que hubieran aprobado proceso selectivo, presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia compulsada de la titulación académica exigida.

c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

8.2. Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

8.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

8.4. Presentada la documentación exigida serán nombrados por resolución de la Alcaldía funcionarios de carrera, y deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.

9. Recursos.

Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Sra. Alcaldesa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Huelva, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO I

TEMARIO

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española: características, estructura y principios generales.

Tema 2. Los derechos fundamentales y libertades públicas: enumeración, garantías y suspensión. Otros derechos y deberes de los ciudadanos.

Tema 3. Las Cortes Generales: composición y funciones. La Corona. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

Tema 4. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y disposiciones generales. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 5. El Municipio. Organización municipal. Competencias. Órganos necesarios: el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios.

Tema 6. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones, actas y certificados de acuerdos.

Tema 7. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y la forma. La eficacia de los actos administrativos. La notificación: contenido, plazo y práctica.

Tema 8. El Procedimiento Administrativo. Clases de interesados en el procedimiento. Derechos de los administrados. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. El Registro de entrada y salida de documentos.

Tema 9. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

Tema 10. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.

Tema 11. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 12. Las Haciendas Locales. Clasificación de los recursos. Las Ordenanzas Fiscales. Especial referencia al Impuesto sobre Construcciones, Obras e Instalaciones. El presupuesto de las entidades locales. Su elaboración, aprobación y ejecución. Su control y fiscalización.

Tema 13. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización. Derechos y deberes del personal. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad administrativa y penal. Régimen disciplinario.

MATERIAS ESPECÍFICAS

Tema 14. La Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Ordenación del territorio y urbanismo. Los instrumentos de ordenación territorial en Andalucía. El Plan de Ordenación Territorial en Andalucía.

Tema 15. El Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio: antecedentes, estructura, principios y objetivos.

Tema 16. Elaboración de los instrumentos de planeamiento. Planeamiento general, planeamiento de desarrollo y otros instrumentos de planeamiento.

Tema 17. Tramitación de los instrumentos de planeamiento. Actos para la elaboración de los planes. Su tramitación y aprobación.

Tema 18. Las técnicas de equidistribución de los beneficios y cargas derivadas del Planeamiento Urbanístico. Delimitación de áreas de reparto. El aprovechamiento urbanístico: conceptos. Determinación del aprovechamiento medio.

Tema 19. Los diferentes sistemas de ejecución de los Planes Urbanísticos. Principios generales. El sistema de compensación. El sistema de cooperación. El sistema de expropiación.

Tema 20. Reparcelaciones. Características y tramitación. El proyecto de reparcelación.

Tema 21. El Proyecto de urbanización : Aprobación y ejecución.

Tema 22. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo. La clasificación del suelo. Contenido urbanístico de la propiedad del suelo.

Tema 23. Licencias urbanísticas. Actos sujetos a licencia urbanística. Declaración de Innecesariedad de Licencia urbanística.

Tema 24. Competencia para el otorgamiento de licencias urbanísticas. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas. Eficacia temporal y caducidad de la licencia urbanística.

Tema 25. Concurrencia de la licencia urbanística con otras autorizaciones o concesiones administrativas. Legislación sectorial con influencia en la actividad urbanística, en especial a la aplicación al otorgamiento de licencias urbanísticas.

Tema 26. Licencia de ocupación y utilización. Definición. Requisitos para su otorgamiento. Licencias parciales.

Tema 27. Informes en las licencias de obras, mayores y menores. El visado de los proyectos técnicos.

Tema 28. Deber de conservación. Orden de ejecución. Declaraciones de ruina.

Tema 29. La Inspección urbanística. Naturaleza y funciones. Actas de inspección. Contenido de las actas de inspección.

Tema 30. Protección de la legalidad urbanística. Obras sin licencia o contrarias a sus condiciones. Infracciones y sanciones urbanísticas. Las personas responsables. Competencia y procedimiento. Tipos básicos. Prescripción.

Tema 31. Segregaciones y parcelaciones urbanísticas. Régimen de las parcelaciones urbanísticas. Requisitos legales.

Tema 32. Patrimonio público de suelo: constitución, carácter, adquisición, enajenación. Cesiones. Derechos de superficie.

Tema 33. Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Formas de adquisición. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes.

Tema 34. Normativa referente a las viviendas de protección oficial. Composición, programas y habitaciones de las viviendas. Superficies mínimas de las habitaciones. Superficie de iluminación y ventilación. Altura de la edificación. Dimensiones de los patios. Dimensiones mínimas de las calles. Pavimentación, arbolado, alumbrado y canalizaciones.

Tema 35. La Ley de Gestión Integrada de la Calificación Ambiental de Andalucía. El procedimiento de Calificación Ambiental. El Informe Técnico en las licencias de Instalación y Actividades.

Tema 36. Clasificación de las actividades. Tramitación. Procedimiento. Normativa sectorial de aplicación. Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas.

Tema 37. La Directiva de Servicios. La Ley 17/2009, de 23 de noviembre. El acceso y ejercicio de actividades de servicios incluidas en dicha Ley. La declaración responsable y la comunicación previa. La inspección o comprobación técnica.

Tema 38. Los contratos de las Administraciones Públicas: Clasificación de los contratos. Tipos. Especial referencia al Contrato de obra, contrato de concesión de obras públicas y contrato de suministro.

Tema 39. Requisitos para contratar con la Administración: capacidad, solvencia y clasificación de las empresas.

Tema 40. Los contratos de las Administraciones Públicas: actuaciones relativas a la contratación. Los pliegos. Tramitación de expedientes. Procedimientos y formas de adjudicación. Revisión de precios. Cesión y subcontratación.

Tema 41. El contrato de obras con las Administraciones Públicas. Condiciones exigibles a los proyectos antes de incorporarse a un expediente de contratación. Ejecución y modificación. Certificaciones. Recepción. Causas de resolución y efectos. Plazos de garantía.

Tema 42. El Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las Entidades Locales. Planes provinciales e insulares de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.

Tema 43. Forma de ejecución de las obras incluidas en los Planes Provinciales de Cooperación. Especial referencia a la ejecución directa de las obras por la propia Administración.

Tema 44. Programa de Fomento del Empleo Agrario. Administraciones intervinientes. Características de obras que se pueden acoger al Programa. Especial referencia a la realización del Proyecto y la solicitud del programa.

Tema 45. Accesibilidad al medio físico. Normas técnicas de accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas en Andalucía. Diseño y ejecución.

Tema 46. La seguridad y salud en el trabajo. Especial referencia a la seguridad y salud en el trabajo de la construcción. Normativa de aplicación. Evaluación de riesgos. Protecciones personales y colectivas. Medidas preventivas. Personal en funciones de control y seguimiento de obra.

Tema 47. La ordenación de la edificación. Agentes intervinientes. Responsabilidades. Garantías.

Tema 48. El Código Técnico de la Edificación.

Tema 49. El Catastro: concepto, aspectos fiscales, jurídicos y económicos. El Catastro Inmobiliario: normativa reguladora. Bienes inmuebles a efectos catastrales. Titular catastral. Coordinación del catastro con otros sistemas registrales de carácter público.

Tema 50. El valor catastral de los bienes urbanos. Método de valoración. Criterios. Coeficientes correctores. Valor catastral del suelo y valor catastral de las construcciones.

Tema 51. El Sistema de Información Catastral. El Sistema de Información Geográfica y Catastral. Cartografía Catastral. Referencia Catastral. Base de datos catastral.

Tema 52. Reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía.

Tema 53. Reglamento electrotécnico de baja tensión e instrucciones técnicas complementarias. Requisitos básicos de seguridad en caso de incendios en los edificios y establecimientos industriales.

Tema 54. Suministro de agua: Generalidades. Caracterización y cuantificación de las exigencias. Diseño. Dimensionado. Construcción. Productos de construcción. Mantenimiento y Conservación. Redes de abastecimiento y distribución de aguas.

Tema 55. El viario urbano. Trazado en planta y alzado. Tipologías de firmes urbanos. Ventajas y limitaciones. Estructuras de la sección transversal en vías urbanas. Calzadas. Arcenes. Medianas. Aparcamientos. Aceras.

Tema 56. Normas Subsidiarias de Paterna del Campo. Determinaciones de carácter general. Normas generales de regulación de usos y actividades. Normas específicas para el suelo con destino industrial.

Tema 57. Ordenanzas Reguladoras Plan Parcial R3 La Ruiza. Normas generales de usos. Normas generales de Urbanización. Normas generales de Edificación. Condiciones particulares de cada zona.

Tema 58. Ordenanzas Reguladoras del Sector Residencial Ramón Carande. Normas generales de usos. Normas generales de Urbanización. Normas generales de Edificación. Condiciones particulares de cada zona.

Tema 59. Régimen del suelo no urbanizable. Definiciones, condiciones de desarrollo, categorías y subcategorías, disposiciones comunes y regulación de los usos del SNU según las NN.SS. de Paterna del Campo.

Tema 60. Catálogo de Edificio de Interés Arquitectónico de Paterna del Campo. Distintos grados de protección. Yacimientos arqueológicos protegidos de Paterna del Campo.

Tema 61. Medio Rural: Vías de acceso a las explotaciones agrarias existentes en el municipio. Unidades mínimas de cultivo.

ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISIÓN DE PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA EL ACCESO A LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DEL CAMPO (HUELVA)
1. PLAZA A LA QUE ASPIRA (DENOMINACIÓN Y FECHA CONVOCATORIA BOE):
2. DATOS PERSONALES
NOMBRE: APELLIDOS:
FECHA DE NACIMIENTO: DNI: DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN:
POBLACIÓN: C.P.
3. RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS (1):




Quién abajo firma solicita su admisión a las pruebas selectivas a que se hace referencia en la presente instancia, asimismo declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en las bases que rigen la convocatoria de la plaza a la que aspira.

En ....................................................., a ............... de ................................................... de 201...
Firma
(1) A la solicitud deberá acompañarse la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para la fase de concurso en original o fotocopia compulsada.
SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DEL CAMPO.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Paterna del Campo, 20 de diciembre de 2011.- La Alcaldesa, M.ª Rocío Álvarez Polo.
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