Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 10/09/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud y Bienestar Social

Orden de 3 de septiembre de 2012, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de 20 de junio de 2012 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el recurso núm. 34/2012.

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Con fecha 30 de agosto de 2012 tiene entrada en la Consejería de Salud y Bienestar Social la sentencia firme de 20 de junio de 2012 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el recurso núm. 34/2012; en dicha sentencia se recoge el siguiente fallo:

«Debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por doña Ángela Alicia Sánchez Lillo, contra la Resolución de la Dirección General de Planificación e Innovación Sanitaria, por la que se aprueba la lista de puntuaciones definitivas y se anuncia la realización de convocatoria para la ratificación de la conformidad con la oficina de farmacia adjudicada en el concurso público convocado por Orden de 8 de abril de 2010, confirmada en alzada por la de 14 de noviembre del mismo año por Resolución de la Secretaría General de Calidad y Modernización de la Consejería de Salud, que anulamos por no ser ajustada a Derecho, condenando a la Administración a reconocer la puntuación de 72,22 y a ser incluida en la lista definitiva en el puesto que corresponda en el acto de adjudicación, con las consecuencias inherentes a dicho pronunciamiento.»

Vista dicha sentencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/985, de 1 de julio, del Poder Judicial, artículos 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en virtud de las competencias asumidas por el Decreto 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía, y el Decreto 152 /2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Bienestar Social y del Servicio Andaluz de Salud, conforme a la competencia para disponer el cumplimiento de las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales,

RESUELVO

Primero. Que se dé cumplimiento a la referida sentencia, y para ello se procede a reconocer la puntuación definitiva de la recurrente y el orden que ocupa en las fases en que participa, quedando por tanto modificada la lista aprobada mediante Resolución de la Dirección General de Planificación e Innovación Sanitaria de 14 de julio, quedando la recurrente con la siguiente puntuación y orden correspondientes en las fases en que participa:

Ángela Alicia Sánchez Lillo:

Puntuación total reconocida por sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía: 72,22 puntos

Orden de puntuación en fase 1.ª: 29

Orden de puntuación en fase 2.ª: 421

Segundo. Como consecuencia inherente a dicho pronunciamiento, proceden distintas consideraciones en orden a la continuación del procedimiento de concurso, conforme al artículo 11.2 de la Orden de convocatoria, en relación al acto de ratificación de conformidad a la adjudicación de las oficinas de farmacia que han correspondido a los participantes y en aras del principio de afectación mínima:

1. La oficina de farmacia que le corresponde a la recurrente en el puesto núm. 29 de fase primera, conforme a la puntuación final otorgada de 72,22 puntos y el orden de preferencia cumplimentado por la misma en su solicitud, es la que figura con el código 405 en el Anexo I de la Orden de convocatoria.

2. Dicho código 405 corresponde a una oficina de farmacia en la Unidad Territorial Farmacéutica (UTF) de Armilla, que cuenta actualmente con 38.149 habitantes, según las cifras de habitantes publicadas por el INE referido al padrón municipal a fecha 1 de enero de 2011 para los municipios que componen la UTF. En dicha Unidad existen instaladas un total de 10 oficinas de farmacia, con lo cual, conforme a dichos datos actuales, aplicando el artículo 29.1 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, pudieran corresponder hasta 13 oficinas de farmacia.

3. El artículo 41.1 de la Ley 22/2007 dispone que en la fase primera del concurso para la adjudicación de nuevas oficinas de farmacia se adjudicará como máximo el 20% de las oficinas de farmacia convocadas. En la Orden de 8 de abril de 2010 se han convocado para las fases primera y segunda 312 oficinas de farmacia, estando reservadas 60 para la fase primera, siendo un porcentaje inferior al 20% del total.

4. A la fecha de la presente Orden, ya se ha ratificado la conformidad a la adjudicación de las 312 oficinas de farmacia que figuran en el Anexo I de la Orden de convocatoria, con una expectativa legítima de 312 licenciados en Farmacia que de manera irrenunciable (conforme al artículo 41.5 de la Ley 22/2007) han aceptado la selección de una oficina de farmacia para su instalación tras la resolución del concurso (artículo 14.2 de la Orden de convocatoria); ya que en este preciso momento se encuentra pendiente solamente de ofertar las oficinas de farmacia para la fase tercera del concurso.

A la vista de las circunstancias anteriores, se procede a añadir una oficina de farmacia más al código 405 que figura en el Anexo I de la Orden de 8 de abril de 2010, a los efectos de la ratificación de conformidad por parte de la recurrente, en ejecución de la sentencia citada. Y ello, atendiendo al principio de afectación mínima, el de confianza legítima y primando el interés general, dado que la planificación farmacéutica admite una nueva oficina de farmacia en la Unidad Territorial Farmacéutica de Armilla, que la adjudicación de 61 oficinas de farmacia para la fase primera del concurso no supera el 20% de las convocadas; evitando así dejar sin efecto los actos de ratificación de conformidad que han suscrito la totalidad de los participantes citados con posterioridad al orden reconocido a la recurrente.

Tercero. En consecuencia, procede la realización del acto de ratificación a la conformidad con la adjudicación de la oficina de farmacia con código 405 que le ha correspondido de acuerdo con su puntuación final y orden de preferencia solicitado, en los términos de la presente Orden de ejecución.

Sevilla, 3 de septiembre de 2012

MARÍA JESUS MONTERO CUADRADO
Consejera de Salud y Bienestar Social
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