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Por la Agencia Pública de Puertos de Andalucía se ha elaborado el Plan de Usos del Puerto de Garrucha (Almería), ajustándose en su tramitación a los criterios de procedimiento establecidos en los artículos 9 y siguientes de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía.
Se han cumplimentado los trámites de información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 3, de 5 de enero de 2012, de conformidad con lo establecido en el apartado cuarto del indicado artículo 9 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre; y asimismo, conforme a este precepto, se solicitó informe sobre el Plan de Usos al Excmo. Ayuntamiento de Garrucha, en su condición de municipio afectado por razón de su ámbito territorial, y a las Administraciones siguientes, con competencias sectoriales que inciden en el ámbito portuario, de las autonómicas: Viceconsejería de Economía, Innovación y Ciencia, Viceconsejería de Turismo, Comercio y Deporte, Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura y Pesca, Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería Obras Públicas y Vivienda, Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, según las denominaciones de tales órganos en el momento de solicitarse su informe; de las estatales: Delegación del Gobierno en Andalucía, Autoridad Portuaria de Almería, Capitanía Marítima de Almería y Servicio Provincial de Costas de Almería.
Del resultado de todo ello se recibieron e incorporaron al expediente los informes emitidos, en sentido favorable, por la Viceconsejería de Turismo, Comercio y Deporte, Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Cultura, Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, así como por la Capitanía Marítima de Almería. Asimismo, la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Pesca y Agricultura presentó comunicación indicando que no procede realizar ninguna alegación al proyecto.
Se solicitó informe a la Consejería de Medio Ambiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 36.2.b) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, emitiéndose, informe en el que se concluye que el Plan de Usos del Puerto de Garrucha no debe ser objeto de Evaluación Ambiental de Planes y Programas.
Posteriormente, se reciben extemporáneamente los informes remitidos por la Delegación del Gobierno en Andalucía, emitidos por la Dependencia de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Almería y por la Comandancia de la Guardia Civil de Almería, así como el del Excmo. Ayuntamiento de Garrucha, emitido éste último con observaciones que determinan la conveniencia de introducir modificaciones en el documento para aprobación del Plan.
Tramitado el indicado procedimiento, el Consejo de Administración de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, en su sesión de 27 de junio de 2012, aprobó la Propuesta del Plan de Usos del Puerto de Garrucha, acordando su elevación a esta Consejería para su aprobación definitiva, órgano competente en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre.
En su virtud, a propuesta del Consejo de Administración de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, y de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía,
DISPONGO
Aprobar el Plan de Usos del Puerto de Garrucha, que se anexa a la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de agosto de 2012
elena cortés jiménez | |
Consejera de Fomento y Vivienda |
PLAN DE USOS DEL PUERTO DE GARRUCHA
GARRUCHA. ALMERÍA
Junio 2012
ÍNDICE
MEMORIA
1. Objeto del documento.
2. Antecedentes.
3. Situación actual de la zona de servicio.
4. Relación con el entorno urbano.
5. Ordenación Territorial y Planeamiento General.
6. Bases y objetivos de la ordenación.
7. Intervenciones de la propuesta.
8. Estimación de Inversiones.
PLANOS
ANEJOS
POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA: MONTSERRAT BADÍA BELMONTE |
POR LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO: FRANCISCO JAVIER HERMOSO CARAZO |
Directora Gerente Empresa Pública de Puertos de Andalucía |
Jefe del Servicio de Costas de Departamento en Almería Ministerio de Medio Ambiente |