Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 20/09/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 3 de abril de 2012, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 370/2008. (PP. 1516/2012).

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NIG: 1808742M20080000433.

Procedimiento: Juicio Ordinario 370/2008. Negociado: JM.

Sobre: Mercantil, Societario, Reclamación de Cantidad.

De: Aplicaciones Granadinas, S.L.

Procuradora: Sra. María Isabel Serrano Peñuela.

Letrado: Sr. Antonio Álvarez Chaves.

Contra: Don Antonio Mingorance Funes, Alexandra Tchileko y Luis Alberto Sánchez Armada.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Ordinario 370/2098, seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Granada (Antiguo Instancia núm. Catorce), a instancia de Aplicaciones Granadinas, S.L., contra Antonio Míngorance Funes, Alexandra Tchileko y Luis Alberto Sánchez Armada sobre Mercantil, Societario, Reclamación de Cantidad, se ha dictado !á sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 92/2011 Mercantil)

Juez que la dicta: Don Blas Alberto González Navarro.

En Granada a veintinueve de marzo de dos mil once

Vistos por mí, Blas Alberto González Navarro, Magistrado, Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno Granada, los presentes autos del juicio ordinario num. 370/2008, seguidos a instancia de la mercantil Aplicaciones Granadinas, S.L, representada por la Procuradora doña Isabel Serrano Peñuela y defendida por el Letrado don Antonio Álvarez Chaves, contra don Antonio Mingorance Funes, don Luis Alberto Sánchez Armada y doña Alexandra Tchileko, todo ellos en rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de Aplicaciones Granadinas, S.L., contra don Antonio Mingorance Funes, don Luis Alberto Sánchez Armada y doña Alexandra Tchileko:

Primero. Debo condenar y condeno a los demandados a que paguen solidariameníe a la actora la suma de 42.293,01 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda.

Segundo. Condeno igualmente a los demandados al pago de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2216, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Alexandra Tchileko y Luis Alberto Sánchez Armada, extiendo y firmo la presente en Granada, a tres de abril de dos mil doce.- El/La Secretario.

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