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Por orden de fecha 30 de julio de 1999 (BOJA núm. 96, de 19 de agosto), la Consejería de Salud delega en sus Delegaciones Provinciales la competencia para la suscripción con los Ayuntamientos de Convenios sobre encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública, cuya resolución corresponda a los Alcaldes, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.2.a) de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía (BOJA núm. 74, de 4 de julio).
Por ello, y en base a la Orden citada,
RESUELVO
Hacer público el Convenio suscrito por la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Bienestar Social en Granada y el Ayuntamiento que a continuación se detalla, cuyo contenido se ajusta al modelo tipo publicado como Anexo a la Orden al principio reseñada:
- FREILA
El referido Convenio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Estipulación Novena del Convenio Tipo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3, párrafo primero, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).
Granada, 12 de septiembre de 2012.- El Delegado, Higinio Almagro Castro.
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