Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00014577.
NIG: 4109142C20080008859.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 311/2008. Negociado: 1.
De: Caixarenting, S.A.
Procurador Sr.: Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla.
Letrado Sr.: Juan José Gamito Camacho.
Contra: Ángel Alabau Galván.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 311/2008 seguido a instancia de Caixarenting, S.A., frente a Ángel Alabau Galván se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla.
Juicio ordinario núm. 311/2008-1.
Sentencia de 30 de diciembre de 2011.
El Ilmo. Sr. don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de esta ciudad, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente
SENTENCIA
En los autos de juicio ordinario tramitados bajo el número 311/2008-1, en los que figuran las siguientes partes:
Parte demandante: Caixarenting. Sociedad Anónima, representada por el Procurador de los Tribunales don Gerardo Martínez Ortiz de la Tabla y con la asistencia letrada de don Fernando Martín Llamas.
Parte demandada: Don Ángel Alabau Galván, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Estimar íntegramente la demanda y; en su consecuencia:
1.º Declarar resuelto el contrato de arrendamiento de vehículos («renting») suscrito el día 24 de mayo de 2005 entre Caixarenting, Sociedad Anónima, como arrendadora, y don Ángel Alabau Galván, como arrendatario, con el afianzamiento solidario de don Enrique Alabau Lagar y doña Victoria Galván Pitel, relativo al turismo Volkswagen Golf 2.0 TDI con número de chasis WVWZZZ1KZ5P080585.
2.º Condenar a don Ángel Alabau Galván a la inmediata devolución del precitado vehículo a Caixarenting, Sociedad Anónima.
3.º Condenar a don Ángel Alabau Galván a abonar a Caixarenting, Sociedad Anónima, la suma principal de 6.817,01 € (seis mil ochocientos diecisiete euros con un céntimo), asi como los intereses de demora devengados por la precitada suma, desde la fecha de presentación de la demanda, al tipo del 20,50% anual.
4.º Condenar a don Ángel Alabau Galván a abonar las costas procesales causadas.
Al notificar la presente resolución a las partes, instruyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte (20) días a partir de su notificación.
Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4034 0000 00 0311 08, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y el tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal; Estado; Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a treinta de diciembre de dos mil once.
Y encontrándose dicho demandado, Ángel Alabau Galván, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla a treinta de diciembre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.
Descargar PDF