Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 24/12/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de julio de 2011, del Juzgado de Pri­mera Instancia núm. Siete de Málaga, dimanante de pro­cedimiento verbal núm. 2090/2010. (PP. 3951/2011).

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NIG: 2906742C20100034956.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 2090/2010.

Negociado: 9.

Sobre: Reclamación de cantidad. Resto.

De: Iradj Eschtehardi.

Procuradora: Sra. Gracia Conejo Castro.

Contra: Águeda Yolanda Delgado Merelo y Lenin Ontaneda Silva.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 2090/2010 se­guido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Má­laga a instancia de Iradj Eschtehardi contra Águeda Yolanda Delgado Merelo y Lenin Ontaneda Silva sobre reclamación de cantidad. Resto, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 149/2011

En Málaga, a trece de junio del 2011.

Vistos por mí, doña Beatriz González Sánchez, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 2090/10, seguidos a instancias de Iradj Eschtehardi, representado/a por la Procuradora Sra. Gracia Conejo Castro y dirigido/a por la Letrado Sra. Jazmín Eschtehardi, contra Águeda Yolanda Del­gado Merelo y Lenin Ontaneda Silva, declarado en rebeldía, versando los autos sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de juicio verbal planteada a instancias de Iradj Eschtehardi, representado/a por la Procuradora Sra. Gracia Conejo Castro y dirigido/a por la Letrada Sra. Jazmín Eschtehardi, contra Águeda Yolanda Delgado Merelo y Lenin Ontaneda Silva, condenando a estos últimos a abonar solidariamente a la primera la suma de tres mil trescientos euros (3.300 €), más los intereses legales, y ello con expresa condena en costas al demandado.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El re­curso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente de­berá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2958-0000-02-1001-2009, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformi­dad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o benefi­ciarios de asistencia jurídica gratuita.

Inclúyase la misma en el libro de legajos dejando testimo­nio bastante en los autos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Águeda Yolanda Delgado Merelo y Lenin Ontaneda Silva, Urb. Palmeras del Dimonar, C/ Sierra del Pinar, núm. 12, puerta 2, Málaga, extiendo y firmo la presente en Málaga, a once de julio de dos mil once.- El/La Secretario.

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