Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidar el compromiso con la igualdad de oportunidades.
Visto el Decreto 167/2003, que desarrolla la Ley citada, y en el que se ordena la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, y en el que se dispone la colaboración con Entidades sin fines de lucro en planes y programas de lucha contra el absentismo escolar.
Vista la Resolución del Parlamento Andaluz en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar.
Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 25 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar.
Vista la Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones con la finalidad de promover el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como la atención al alumnado inmigrante.
Vista el Acta de la Comisión Provincial de Evaluación de los Proyectos de Programas de Prevención del Absentismo Escolar de 19 de septiembre de 2011, en la que se realizó un informe valorado de los proyectos presentados por las Asociaciones sin ánimo de lucro.
Visto el escrito recibido de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa donde se comunica la partida económica adjudicada, y de acuerdo con lo recogido en el apartado 2.d) de la Disposición Adicional Segunda de la Orden de 15 de abril de 2011, esta Delegación Provincial de Educación en Málaga
PROPONE
Primero. Conceder a las Asociaciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución Definitiva y que han obtenido la puntuación suficiente para obtener la consideración de beneficiarias, por orden de puntuación y la cuantía de la subvención otorgable.
Segundo. Denegar a las Asociaciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución Definitiva las ayudas económicas con el motivo de la exclusión.
Tercero. 1. Las ayudas concedidas se imputarán a las aplicaciones presupuestarias 481.00.42F.
2. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas comprenderán el curso académico 2011/2012.
Cuarto. El pago de la subvención se efectuará en la forma o formas y con la secuencia señalada en el apartado 24.a) del Cuadro Resumen de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Orden de 15 de abril de 2011.
Quinto. Las obligaciones de las entidades beneficiarias, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, son las recogidas en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011.
Sexto. 1. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la ayuda concedida ante esta Delegación Provincial en la forma establecida en el artículo 27 de la Orden de 15 de abril de 2011.
ANEXO I | ||
ENTIDAD | PUNTUACIÓN | DOTACIÓN ECON. |
Fundación Save the children | 35 Puntos | 3.000 € |
Fundación Proyecto Don Bosco | 34 Puntos | 6.000 € |
Fundación Secretariado Gitano | 33 Puntos | 6.000 € |
Asociación INCIDE | 33 Puntos | 4.000 € |
Asociación Andalucía por la Ens. Pública | 32 Puntos | 3.000 € |
Animación Malacitana | 31 Puntos | 2.000 € |
Federación Andaluza de Mujeres Gitanas FAKALI | 28 Puntos | 2.000 € |
Asociación Cívica para la Prevención | 27 Puntos | 2.000 € |
Asociación de Mujeres Gitanas Kayi de Cibó | 27 Puntos | 2.000 € |
ACCEM | 26 Puntos | 2.000 € |
Asociación ASIT | 25 Puntos | 2.000 € |
Asociación NAIM | 24 Puntos | 2.000 € |
Misioneros de la Esperanza MIES | 23 Puntos | 2.000 € |
Federación FACCA | 22 Puntos | 1.327 € |
AMPA La Chimenea | 21 Puntos | 1.000 € |
AMPA IES Torre del Prado | 21 Puntos | 1.000 € |
Asociación APIGA | 21 Puntos | 1.000 € |
Asociación ABAD | 20 Puntos | 1.000 € |
Asociación Tod@s Ciudadan@s | 20 Puntos | 1.000 € |
ANEXO II | |
ENTIDAD | MOTIVO |
AMPA San José de Calasanz | Fuera de plazo |
AMPA IES Los Montes | Fuera de plazo |
Se hace constar que no existen Entidades sin ánimo de lucro beneficiarias suplentes.
Málaga, 16 de enero de 2012.- El Delegado, Antonio Manuel Escámez Pastrana.
Descargar PDF