Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 24/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 2 de abril de 2012, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 27 de enero de 2012, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Aznalcóllar (Sevilla), en el ámbito del Área de Reforma Interior ARI-4, y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 27 de enero de 2012, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Aznalcóllar (Sevilla), en el ámbito del Área de Reforma Interior ARI-4.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 1 de febrero de 2012, y con el número de registro 5107, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Aznalcóllar.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 27 de enero de 2012, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Aznalcóllar (Sevilla), en el ámbito del Área de Reforma Interior ARI-4 (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el proyecto de Modificación Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Aznalcóllar, en el ámbito del Área de Reforma Interior ARI-4, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vistos la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordena-ción Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística aplicable.

HECHOS

Primero. El objeto del presente proyecto urbanístico es la incorporación al Suelo Urbano Consolidado de un ámbito de suelo que el planeamiento general vigente delimita como un Área de Reforma Interior, denominada ARI-4, clasificada como Suelo Urbano No Consolidado, con una superficie de 1.700 m².

El desarrollo de esta área estaba previsto para la segunda etapa de desarrollo del plan general (según la Adaptación parcial a la LOUA, años 2011-2012), y tiene como objeto la apertura de un vial prolongando, la C/ Sierra Morena hasta laC/ Industria, del que resultan unas parcelas residenciales a las que asigna la zona de ordenanza «Área Intermedia», sin definir una densidad máxima de viviendas.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con lo especificado por el artículo 36.2 del citado texto legal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente instrumento urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Aznalcóllar para la resolución definitiva de este instrumento se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el instrumento se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por la Delegada Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el documento de la Modificación Parcial del PGOU de Aznalcóllar en el ámbito del Área de Reforma Interior ARI-4, aprobado provisionalmente por el pleno municipal en sesiones de fecha 11 de octubre y 28 de noviembre de 2011, de conformidad con lo establecido por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

Superficie a incluir como Suelo Urbano Consolidado: 1.700 m².

Calificación del Suelo: Residencial, Área Intermedia (AI), según las Normas Urbanísticas del PGOU de Aznalcóllar.

Se modifica el artículo 7.2.1.3. Determinaciones particulares, en el que se elimina el punto 4 referido al ARI 4.

Sevilla, 2 de abril de 2012.- La Delegada, Salud Santana Dabrio.

Descargar PDF