Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 16/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 23 de diciembre de 2011, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento 541/2011.

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Procedimiento; Despidos/Ceses en general 541/2011. Negociado: A3.

NIG: 2906744S20110008401.

De: Don Carlos David Molina Hinojosa.

Contra: Fogasa, Grupo de Control Operativo, S.L., y JML Empresa de Servicios Globales, S.L.

EDICTO

Doña María Caballero Redondo, Secretario/a Judicial en sustitución reglamentaria del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 541/2011 a instancia de la parte actora don Carlos David Molina Hinojosa contra Fogasa, Grupo de Control Operativo, S.L., y JML Empresa de Servicios Globales, S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado Sentencia de fecha 23.12.2011 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda de despido interpuesta por don Carlos David Molina Hinojosa frente a Grupo de Control Operativos, S.L., y JML Empresa de Servicios Globales, S.L., por tratarse de extinción de contrato por dimisión del trabajador, absolviendo a esta de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sede de Málaga anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Grupo de Control Operativo, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que/deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintitrés de diciembre de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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