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En virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
R E S U E L V O
Autorizar la revisión de las tarifas para el servicio de abastecimiento de agua que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
TARIFAS DE ABASTECIMIENTO
Tarifas del Servicio de Agua
CONCEPTO AGUA
CUOTA FIJA
Uso doméstico y benéfico
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 2,2867 €/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm 6,6093 €/mes
Contadores de más de 50 mm 12,9151 €/mes
Uso industrial, obras y centros oficiales
Contadores de 7, 10, 13, 15, 20 y 25 mm 12,3752 €/mes
Contadores de 30, 40 y 50 mm 17,8093 €/mes
Contadores de más de 50 mm 38,5396 €/mes
CUOTA VARIABLE
Uso doméstico
Hasta de 2 m³/ab/mes 0,3732 €/m³
Más de 2 m³/ab/mes a 10 m³/ab/mes 0,6033 €/m³
Más de 10/m³/ab/mes a 18 m³/ab/mes 1,3957 €/m³
Más de 18 m³/ab/mes 1,9414 €/m³
Uso industrial y obras
Hasta 35 m³/ab/mes 0,8884 €/m³
Más de 35 m³/ab/mes 1,5285 €/m³
Usos oficiales
Bloque único 0,5409 €/m³
La presente tarifa se facturará con periodicidad bimestral salvo en los casos en que la media de los consumos registrados en el año anterior sean superiores a 100 m³ mensuales, en cuyo caso se aplicará la facturación mensual.
Bonificaciones en tarifas domésticas
Bonificación en consumo.
Para los abonados de Aguasvira a los que está siendo suministrada agua de sus propias fuentes de abastecimiento, es decir, que estén fuera del sistema de Canales-Quéntar/«El Chaparral» se establecen unas bonificaciones que estarán vigentes hasta el momento en que entren a formar parte del citado sistema.
Bonificación Bloque I -0,1866 €/m³
Bonificación Bloque II -0,3012 €/m³
Para los jubilados-pensionistas que cumplan los siguientes requisitos:
- La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo este el domicilio habitual.
- No convivan con otras personas con rentas contributivas.
- Su consumo sea menor o igual a 10 m³ al mes.
Se les aplicará una bonificación de 0,3732 euros/m³ (100%) a los primeros 2 m³ al mes y de 0,6033 euros/m³ (100%) a los siguientes 5,5 m³ al mes.
Las familias numerosas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener el título de familia numerosa que otorga el Instituto Andaluz de Asuntos Sociales.
- Tengan un único suministro a su nombre siendo este el domicilio habitual.
Verán incrementado el tope superior del bloque I y II tarifarios en 2,5 m³/mes, por cada uno de los miembros, de los incluidos en el título de familia numerosa, en que la unidad familiar supere el de cuatro.
Recargo especial Cubillas
Para aquellos abonados que reciban agua procedente del embalse de cubillas, tendrán un recargo de los siguientes importes:
Suministros domésticos 0,2933 €/m³
Suministros industriales 0,4001 €/m³
DERECHOS DE CONTRATACIÓN
Uso doméstico
Contadores de hasta 7 mm 56,4471 €/Contr.
Contadores de 10 mm 68,4243 €/Contr.
Contadores de 13 mm 80,4014 €/Contr.
Contadores de 15 mm 88,3861 €/Contr.
Contadores de 20 mm 108,3480 €/Contr.
Contadores de 25 mm 128,3099 €/Contr.
Contadores de 30 mm 148,2718 €/Contr.
Contadores de 40 mm 188,1955 €/Contr.
Contadores de 50 mm 228,1192 €/Contr.
Contadores de 65 mm 288,0049 €/Contr.
Contadores de 80 mm 347,8905 €/Contr.
Contadores de 100 mm 427,7380 €/Contr.
Contadores de 150 mm 627,3567 €/Contr.
Uso industrial y obras
Contadores de hasta 7 mm 61,0526 €/Contr.
Contadores de 10 mm 73,0298 €/Contr.
Contadores de 13 mm 85,0069 €/Contr.
Contadores de 15 mm 92,9916 €/Contr.
Contadores de 20 mm 112,9535 €/Contr.
Contadores de 25 mm 132,9154 €/Contr.
Contadores de 30 mm 152,8772 €/Contr.
Contadores de 40 mm 192,8010 €/Contr.
Contadores de 50 mm 232,7247 €/Contr.
Contadores de 65 mm 292,6104 €/Contr.
Contadores de 80 mm 352,4960 €/Contr.
Contadores de 100 mm 432,3435 €/Contr.
Contadores de 150 mm 631,9622 €/Contr.
Usos oficiales
Contadores de hasta 7 mm 6,6958 €/Contr.
Contadores de 10 mm 18,6730 €/Contr.
Contadores de 13 mm 30,6501 €/Contr.
Contadores de 15 mm 38,6348 €/Contr.
Contadores de 20 mm 58,5967 €/Contr.
Contadores de 25 mm 78,5586 €/Contr.
Contadores de 30 mm 98,5205 €/Contr.
Contadores de 40 mm 138,4442 €/Contr.
Contadores de 50 mm 178,3680 €/Contr.
Contadores de 65 mm 238,2536 €/Contr.
Contadores de 80 mm 298,1392 €/Contr.
Contadores de 100 mm 377,9867 €/Contr.
Contadores de 150 mm 577,6054 €/Contr.
DERECHOS DE RECONEXIÓN
El importe a satisfacer por la reconexión del suministro es:
Contadores de hasta 7 mm 20,8943 €/Reconex.
Contadores de 10 mm 38,0864 €/Reconex.
Contadores de 13 mm en adelante 38,2715 €/Reconex.
FIANZAS
Contadores de 7, 10 y 13 mm 23,4627 €
Contadores de 15 y 20 mm 42,3902 €
Contadores de 25 mm 66,5239 €
Contadores de 30 mm 94,6375 €
Contadores de 40 mm 163,5447 €
Contadores de 50 mm 225,2673 €
Contadores de más de 50 mm 225,2673 €
DERECHOS DE ACOMETIDAS
Parámetro A 21,3478 €/mm
Parámetro B 93,7351 €/lt/seg.
Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 16 de abril de 2012.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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